Resolución 2020/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 77

AUXILIAR/AGENTE: Comprende el personal que desempeña tareas de menor relevancia que el Auxiliar/Agente de Segunda, que no requiere la aplicación de Experiencia en la especialidad pero sà conocimientos básicos indispensables de la misma y está en condiciones de estudiar y proponer soluciones de poca importancia. Dentro de esta categorÃa el Agente de la Central de Reservas siempre percibirá como sueldo básico el tope de la banda salarial de su categorÃa; salvo durante el perÃodo de prueba (60 dÃas), que percibirá la banda inferior de la categorÃa.

Seguidamente se detalla la correlación entre las categorÃas de la empresa (columna 1), y las que están instrumentadas en este acuerdo (columna 2). Los salarios anteriores a la fecha de vigencia del presente convenio colectivo, ya han tenido un ajuste salarial previo, destinado a facilitar el encuadre correcto dentro de las categorÃas convencionales que aquà se pactan. A partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo los trabajadores incluidos en cada una de las categorÃas de la columna 1 pasaran a estar incluidos en la categorÃa igual de la columna 2. Asà por ejemplo, la categorÃa Inspector (Mantenimiento) pasara a ser Encargado de grupo, la de mecánico (Mantenimiento) pasara a Aux./Mec./Agte., Mayor y asà sucesivamente.

CategorÃa Empresa Columna CategorÃa Convenio Supervisor Cat. 4 Encargado de Grupo Inspector Encargado de Grupo Sup. Com. Back Of. Agente Mayor Mecánico Mecánico Mayor Supervisor Cat. 3 Agente Mayor Ejec. Cuentas Sr. Agente Mayor Analista RR.HH Agente Mayor Superv. Ventas Agente Mayor Supervisor Cat. 2 Agente Mayor Supervisor Cat. 1 Agente Mayor Aux. Admin. Eze. Cat. 2 Auxiliar Mayor Aux. Adm. Centro Cat. 2 Auxiliar Mayor Supervisor Cat. 1 Agente Mayor An Dto. Legales Auxiliar Mayor Aux. Admin. Eze. Cat. 1 Auxiliar Mayor Ejec. Cuentas Grupos Agente Mayor Agente D.O.V. Agente Mayor LÃder Cat. 2 Agente Mayor Agente Fale Sr. Agente Mayor LÃder Cat. 1 Agente Principal Agente Sr. Cat. 3 Agente Principal Auxiliar Sr. Cat. 3 Auxiliar Principal Tesorero Jr. Agente Principal Ejec. Cuentas Jr. Agente Principal Agente Sr. Cat. 2 Agente Primera Auxiliar Sr. Cat. 2 Auxiliar Primera Agente Sr. Cat. 1 Agente Primera Auxiliar Sr. Cat. 1 Auxiliar Primera Telefonista FT Agente segunda Agente Jr. Agente segunda Telefonista PT Agente segunda Agente Agente Auxiliar Auxiliar DECIMOTERCERA: Conforme las categorÃas definidas en el artÃculo anterior se fijan los siguientes rangos salariales básicos, de conformidad con lo establecido en la cláusula PRIMERA del presente, a partir del 1 de noviembre de 2009:

Desde Hasta Encargado de Grupo $ 7374 $ 8006

Aux. / Mec. / Agte. Mayor $ 5180 $ 7340

Aux. / Mec. / Agte. Principal $ 4614 $ 4948

Aux. / Mec. / Agte. Primera $ 3828 $ 4404

Aux. / Agte. Segunda $ 3492 $ 3719

Auxiliar Agente $ 2260 $ 3175

DECIMOCUARTA: Las definiciones establecidas precedentemente, son aplicables a todo el personal agrupado según sus funciones, en:

  1. Servicio de Aviones o personal de lÃnea (afectado a la operación del vuelo): Técnicos,

    Operaciones y Tráfico.

    Técnicos: Inspectores de Mantenimiento, Mecánicos Generales de avión y aquellos que cumplan otras tareas similares o sustituyan a éstas conforme las nuevas tecnologÃas.

    Operaciones: Despachantes operativos de aeronaves; Despachantes de carga; Gestores de visas; de tramites aduaneros; control de equipajes y cargas; Empleado de rampa.

    Trafico: Empleados de atención al pasajero en el preembarque, de asistencia al pasajero, de control del pasajero a través de cuestionarios; (Profilers), para la seguridad del pasaje; Cajeros,

    Vendedores de pasajes y aquellos que cumplan tareas similares, se sumen o sustituyan a éstas conforme las nuevas tecnologÃas y disposiciones sobre seguridad de la aeronave y el pasaje.

  2. Tareas administrativas: Es aquel que no se encuentra directamente afectado por la operación de la aeronave, si bien puede cumplir sus tareas dentro del Aeropuerto o en otras dependencias de las empresas de aviación: ContadurÃa, auditorÃa, compras, telefonistas, Secretarias, Comerciales (Vendedores de agencias, de pasajes, Promotores de venta de pasajes y venta en agencias;

    relaciones públicas y publicidad) y aquellos que cumplan otras tareas similares.

  3. Central de Reservas (Atención telefónica del pasajero): Es aquel personal que no está incluido en ninguna de las definiciones de los dos incisos anteriores y se encuentra afectado exclusivamente a la atención telefónica del pasajero en todo lo concerniente a reservas (ingreso, modificación y/o cancelación), cotización de pasaje, venta, información sobre vuelos, destinos y horarios, etc.

    DECIMOQUINTA: Se establecen los siguientes perÃodos de descanso anual conforme las siguientes antigüedades, el que no implica reducción de los plazos establecidos por la CCT por cuanto se traducen los dÃas hábiles de la CCT en su equivalente en dÃas corridos:

  4. de 15 dÃas corridos cuando no exceda los 3 años de antigüedad en la Empresa;

  5. de 17 dÃas corridos cuando siendo mayor de 3 años, la antigüedad no alcance los 5;

  6. de...

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