Resolución 1710/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 58

COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3

'° — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'° — GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'° de la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'° — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente N'° 635.749/10

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE TRABAJADORES PASTELEROS, PIEROS,

ALFAJOREROS Y FACTUREROS (TUCUMAN) c/ UNION HOTELES,

CONFITERIAS, BARES CAFES, RESTAURANTES Y AFINES DE TUCUMAN - Rama HeladerÃa CCT N'° 474/06

01/06/2010

01/07/2010

01/08/2010

01/09/2010

01/10/2010

01/11/2010

01/12/2010 $ 2.233,35 $ 2.300,36 $ 2.369,36 $ 2.452,29 $ 2.538,12 $ 2,626,96 $ 2.718,90 $ 6.700,05 $ 6.901,08 $ 7.108,08 $ 7.356,87 $ 7.614,36 $ 7.880,88 $ 8.156,70

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO - Rama PizzerÃa CCT N'° 475/06

01/06/2010

01/07/2010

01/08/2010

01/09/2010

01/10/2010

01/11/2010

01/12/2010 $ 2.247,35 $ 2.320,10 $ 2.389,68 $ 2.473,13 $ 2.559,88 $ 2,652,43 $ 2.742,90 $ 6.742,05 $ 6.960,30 $ 7.169,04 $ 7.419,39 $ 7.679,64 $ 7,957,29 $ 8.226,00

Expediente N'° 635.749/10

Buenos Aires, 9 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'° 1707/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 567/10 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 58 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'° 1710/2010

Tope N'° 568/2010

Bs. As., 5/11/2010

VISTO el Expediente N'° 1.332.255/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'° 1450 del 27 de septiembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 44 del Expediente N'° 1.332.255/09 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS PETROQUIMICOS UNIDOS y la empresa PETROBRAS ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1450/10 y registrado bajo el N'° 1440/10, conforme surge de fojas 89/91 y 94, respectivamente.

Que a fojas 76/77 del Expediente N'° 1.332.255/09 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS PETROQUIMICOS UNIDOS y la empresa PETROBRAS ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1450/10 y registrado bajo el N'° 1441/10, conforme surge de fojas 89/91 y 94, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la...

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