Resolución 1467/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 54

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO % 54 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'° 1467/2010

Tope N'° 497/2010

Bs. As., 1/10/2010

VISTO el Expediente N'° 1.341.739/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'° 1198 del 25 de agosto de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 46 del Expediente N'° 1.341.739/09 obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MANUFACTURA DE FIBRAS SINTETICAS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'° 500/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1198/10 y registrado bajo el N'° 1263/10, conforme surge de fojas 78/80 y 83, respectivamente.

Que a fojas 2/3 del Expediente N'° 1.362.306/09 agregado como foja 53 al Expediente N'° 1.341.739/09 obran las nuevas escalas salariales pactadas entre las partes mencionadas, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'° 500/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1198/10 y registrado bajo el N'° 1264/10, conforme surge de fojas 78/80 y 83, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 91/96, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y...

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