Resolución 26.

Fecha de disposición01 Junio 2016
Fecha de publicación01 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 26/2016

Bs. As., 26/05/2016

VISTO el Expediente N° S01:0517258/2011 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y 2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012, y las Resoluciones Nros. 82 de fecha 9 de mayo de 2012, 203 de fecha 4 de octubre de 2012, 252 de fecha 19 de noviembre de 2012, 92 de fecha 1 de julio de 2013, 353 de fecha 1 de abril de 2014, 1.430 de fecha 4 de diciembre de 2014 y 167 de fecha 23 de abril de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

Que a través del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio competencia en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que por medio del Decreto N° 748 de fecha 29 de agosto de 2000 había sido creado el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, el cual fue luego modificado y complementado mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que en el marco de la citada normativa, mediante la Resolución N° 82 de fecha 9 de mayo de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó el Modelo de Convenio a suscribir entre la mencionada Secretaría y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que dicho Convenio fue suscripto por las partes con fecha 15 de junio de 2012.

Que el citado Convenio fue modificado por medio de las Adendas suscriptas por las partes con fechas 2 de noviembre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, y que habían sido aprobadas por las Resoluciones Nros. 203 de fecha 4 de octubre de 2012 y 252 de fecha 19 de noviembre de 2012, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, respectivamente.

Que los Decretos Nros. 748/00, 871/03 y 159/05 fueron derogados por el Decreto N° 2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012, el cual creó el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el objeto de mejorar las condiciones de acceso al crédito del sector.

Que mediante la Resolución N° 92 de fecha 1 de julio de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se modificó y ordenó el Convenio suscripto entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, con sus respectivas Adendas, y se aprobó un Texto Único y Ordenado; el cual fue suscripto por las partes con fecha 2 de julio de 2013.

Que posteriormente, mediante las Resoluciones Nros. 353 de fecha 1 de abril de 2014, 1.430 de fecha 4 de diciembre de 2014 y 167 de fecha 23 de abril de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se realizaron modificaciones adicionales.

Que mediante la Nota N° 14 de fecha 4 de marzo de 2016, la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, propuso al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, realizar nuevas modificaciones al convenio mencionado, dentro de las cuales se modifica el esquema de bonificación de tasa de interés y se elevan los límites de los créditos sujetos a bonificación.

Que en consecuencia, mediante la Nota DIR/N° 522 de fecha 31 de marzo de 2016, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA informa que las modificaciones mencionadas en el considerando precedente, han sido aprobadas en su sesión de esa misma fecha, mediante su Resolución N° 896/310316/COM.

Que por todo lo expuesto, resulta procedente aprobar la suscripción de un nuevo documento modificatorio al citado Convenio.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 357/02 y sus modificaciones y 2.550/12.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase el "DOCUMENTO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE BONIFICACIÓN DE TASAS - TEXTO ÚNICO Y ORDENADO SUSCRIPTO CON FECHA 2 DE JULIO DE 2013 ENTRE ex LA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DEL ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA", aprobado por la Resolución N° 92 de fecha 1 de julio de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y sus modificatorias, a suscribirse entre las partes mencionadas precedentemente, que como Anexo, en SIETE (7) cláusulas y Anexos I y II, con VEINTISÉIS (26) hojas forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. MARIANO MAYER, Secretario de Emprendedores y PyME, Ministerio de Producción.

ANEXO

DOCUMENTO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE BONIFICACIÓN DE TASAS - TEXTO ÚNICO Y ORDENADO SUSCRIPTO CON FECHA 2 DE JULIO DE 2013 ENTRE LA EX SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DEL EX MINISTERIO DE INDUSTRIA Y EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los..... días del mes de................... del año 2016, entre la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en adelante LA SECRETARÍA, con domicilio en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, Piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el señor Secretario, Doctor Don Mariano MAYER (M.I. N° 25.745.179) por una parte, y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en adelante EL BANCO, con domicilio en la calle Bartolomé Mitre N° 326, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el señor Presidente, Licenciado Don Carlos Alberto MELCONIAN (M.I. N° 12.599.862) por la otra parte, en adelante y en conjunto LAS PARTES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.467, modificada por la Ley N° 25.300, fue creado el Régimen de Bonificación de Tasas de Interés con el objetivo de favorecer al sector económico de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en razón de las necesidades e importancia del mencionado sector en la economía nacional.

Que el Artículo 3° del Decreto N° 2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012 prevé la posibilidad de celebrar convenios con el fin de bonificar tasas siempre que se aseguren las mejores condiciones de acceso al crédito para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que con fecha 15 de junio de 2012, se suscribió un Convenio de Bonificación de Tasas, en adelante EL CONVENIO, entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y EL BANCO, de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N° 82 de fecha 9 de mayo de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, para el otorgamiento de préstamos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en el marco de la "Línea de Financiamiento de Inversiones de Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Reglamentación N° 400/01" con tasa bonificada.

Que dicho Convenio fue modificado por DOS (2) Adendas suscriptas por LAS PARTES con fechas 2 de noviembre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, de acuerdo a los modelos aprobados por las Resoluciones Nros. 203 de fecha 4 de octubre de 2012 y 252 de fecha 19 de noviembre de 2012, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, respectivamente.

Que asimismo, fue modificado y ordenado por LAS PARTES mediante la firma, con fecha 2 de julio de 2013, el Texto Único y Ordenado previamente aprobado por la Resolución N° 92 de fecha 1 de julio de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que posteriormente, mediante las Resoluciones Nros. 353 de fecha 1 de abril de 2014, 1.430 de fecha 4 de diciembre de 2014 y 167 de fecha 23 de abril de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobaron nuevas Adendas modificatorias al convenio.

Que toda vez que se registra una mayor demanda por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de financiamiento para inversiones y desarrollo de infraestructura productiva, lo cual genera, a su vez, un aumento en las necesidades de capital de trabajo y siendo que es propósito del Gobierno Nacional impulsar fuertemente el financiamiento para dicho sector, se estima pertinente prorrogar el plazo de vigencia del acuerdo y elevar el monto de préstamos a otorgarse a favor de las Micro...

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