Resolución 163/2011

EmisorAutoridad de Cuenca Matanza Riachuelo
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2011

Lunes 14 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.109 28 ($' 9.139.825), lo que determina un total acumulado de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($' 199.622.338).

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención prevista en la Cláusula Quinta del Acta referida anteriormente, ello en un todo de acuerdo al Decreto N'º' 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, Planilla Anexa al ArtÃculo 4'º, “SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA”,

Objetivos, apartado 14, emitiendo, de conformidad, el informe pertinente.

Que en virtud de lo expuesto se comprueba el cumplimiento, para el perÃodo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, de las obligaciones contraÃdas en el ACTA DE COMPROMISO PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA DE EXPANSION DEL SECTOR VITIVINICOLA, correspondiendo en consecuencia, su aprobación.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificaciones y la Cláusula Quinta del ACTA DE COMPROMISO PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA DE EXPANSION DEL SECTOR VITIVINICOLA.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Dase por aprobado el cumplimiento, para el perÃodo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, de las obligaciones contraÃdas en el ACTA DE COMPROMISOPARALLEVARACABOELPROGRAMADEEXPANSIONDELSECTORVITIVINICOLA, suscripta el 17 de enero de 2005 entre el ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y sus empresas afiliadas constituidas como garantes de la misma, ratificada por el Decreto N'º' 57 de fecha 31 de enero de 2005.

ARTICULO 2

'º — Dase por cumplimentado en inversiones el importe total equivalente al CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (125%) del Impuesto Interno que hubiera correspondido abonar por las ventas de vinos espumantes durante el perÃodo citado en el artÃculo que antecede, ascendiendo el mismo a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL TREINTA Y SIETE ($ 75.116.037).

ARTICULO 3

'º â Queda fijado como excedente...

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