Resolucion 2590
Fecha de disposición | 03 Enero 2007 |
Fecha de publicación | 03 Enero 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31065 |
Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.065 32Miércoles 3 de enero de 2007
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 98 de la Ley Nº 22.285, 101 del Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991) y 2º del Decreto Nº 131 del 4 de junio de 2003.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:
Apruébanse los actos del concurso público convocado por este COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría D, Canal 251, Frecuencia 98.1 MHz., identificado con la Señal Distintiva LRK336, en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, conforme lo dispuesto por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por Resolución Nº 16-COMFER/99 y sus modificatorias.
Adjudícase al señor Carlos Daniel JAPAZE (D.N.I. Nº 22.243.958), la licencia para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia citado en el artículo 1º de la presente.
La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE (15) años contados a partir del inicio de las transmisiones de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 2/ 99, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por el término de DIEZ (10) años más conforme los términos del los artículos Nros. 41 de la Ley Nº 22.285 y 9º del Decreto Nº 310/ 98, modificado por su similar Nº 883/01.
Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos de publicada la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título III del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que comoAnexo I integra la Resolución Nº 16-COMFER/ 99.
El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el artículo 1º de la Resolución Nº 16-COMFER/99, asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MIL OCHENTA ($ 18.080-) debiendo constituirse el depósito en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego, conforme lo estatuido en su artículo 27.
Establécese que dentro de los TREINTA (30) días posteriores a la puesta en funcionamiento de la estación, el licenciatario deberá solicitar la correspondiente inspección técnica definitiva de este COMITE FEDERAL, a efectos de obtener la habilitación contemplada en el artículo 26 de la Ley Nº 22.285, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 27, inciso 27.5 del referido Pliego de Bases y Condiciones.
Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE...
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