Resolución 504/2011

Fecha de la disposición10 de Marzo de 2011

Jueves 10 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.107 11

Art. 4

'º — La presente Resolución será refrendada por la Dirección General Técnica JurÃdica.

Art. 5

'º — Por el Departamento SecretarÃa General, regÃstrese, comunÃquese, notifÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archÃvese. — Mora Arqueta. — Patricia M. Palladino.

ANEXO I NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION DE LOS DISTINTOS TIPOS DE PASAPORTES NACIONALES OTORGADOS EN TODO EL TERRITORIO DE LA NACION, CON EXCEPCION DE LOS PASAPORTES DIPLOMATICOS Y OFICIALES DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 1'º DE LA PRESENTE RESOLUCION BUONO, MONICA BEATRIZ DNI N'º' 13.937.743

CANTERO, DELIA NOEMI DNI N'º' 13.481.084

FARIAS, CAROLINA ROSA DNI N'º' 18.462.703

OLIVERIO, NORA BEATRIZ DNI N'º' 6.652.947 % 11 % % 11 % Registro Nacional de las Personas PASAPORTES Resolución 504/2011

Establécese un arancel por la expedición de pasaportes.

Bs. As., 4/3/2011

VISTO el Expediente RNP N'º' S02:0000486/2011, la Ley N'º' 17.671, sus modificatorias y concordantes, el Decreto N'º' 261 del 2 de marzo de 2011, y CONSIDERANDO:

Que el artÃculo 61 de la Ley N'º' 17.671, faculta a este Organismo Nacional a expedir en forma exclusiva los distintos tipos de pasaportes.

Que el Decreto N'º' 261/2011 en su artÃculo 1'º dispone que, con excepción de los pasaportes diplomáticos y oficiales, los distintos tipos de pasaportes nacionales sean otorgados en todo el territorio de la nación por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que el artÃculo 1'º del Reglamento para la emisión de pasaportes aprobado por el Decreto N'º' 261/2011 determina que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a través de sus oficinas y de las delegaciones del registro civil del paÃs que cuenten con dispositivos de captura digital de datos y con la correspondiente habilitación del organismo, otorgarán los Pasaportes ordinarios para argentinos.

Que el artÃculo 42 de dicho Reglamento establece que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS fijará los aranceles correspondientes a la tramitación de los mencionados pasaportes.

Que por ello resulta conveniente y necesario establecer las tasas a que se encontrará sujeta la prestación de tal servicio.

Que la DIRECCION GENERAL DE TECNICA JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artÃculo 29 de la Ley N'º' 17.671, sus modificatorias y concordantes y el artÃculo 42 del Reglamento para la emisión de pasaportes.

Por ello,

LA DIRECTORA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR