Resolución 316/1991
Fecha de disposición | 26 Abril 1991 |
Fecha de publicación | 26 Abril 1991 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 27124 |
ResoluciÛn Conjunta Nº M.E. 316/91 y M.O.S.P. 100/91
B.O.: 26/04/1991
BUENOS AIRES, 19/04/1991
VISTO lo dispuesto en los ARTICULOs 4° y 5° del Decreto
N° 1212 del 8 de noviembre de 1989 y los ARTICULOs 4°
de los Decretos Nos. 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95,
97, 98 y 99 del 14 de enero de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que la ResoluciÛn Conjunta MOSP. N° 642 - M.E. N°
1.126 del 30 de octubre de 1990, en su ARTICULO 4°, dispuso
que se incluyera en los proyectos de Decreto aprobatorios delos
acuerdos celebrados con los contratistas privados, para la reconversiÛn
de los Contratos de explotaciÛn de hidrocarburos comprendidos
en el ARTICULO 3° del Decreto N° 1212 del 8 de noviembre
de 1989, una disposiciÛn que facultase a los MINISTERIOS
de ECONOMIA y de OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a disponer en forma
conjunta, la fecha de entrada en vigencia de la libre disponibilidad
incluida en los acuerdos celebrados con los contratistas, dentro
del plazo y condiciÛn establecidos en el ARTICULO 5°
del Decreto N° 1212 del 8 de noviembre de 1989.
Que los Decretos Nos. 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94,
95, 97, 98 y 99 del 14 de enero de 1991, establecen, en sus respectivos
ARTICULOS 4°, que la libre disponibilidad a que se refieren
los ARTICULOs 2° y 3° de los mismos Decretos, serÌa
dispuesta por los MINISTERIOS de ECONOMIA y de OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, en el plazo y
condiciÛn establecidos en el ARTICULO 5° del Decreto
N° 1212 del 8 de noviembre de 1989.
Que la Cl·usula Adicional N° 3 al Contrato N°
7.524, relativo al Area "CERRO DRAGON - ANTICLINAL GRANDE",
suscripta entre YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL
ESTADO y la empresa AMOCO ARGENTINA OIL COMPANY, aprobada por
Decreto N° 96 del 14 de enero de 1991, contiene una disposiciÛn,
que condiciona la vigencia de la "Cl·usula de ParticipaciÛn"
contenida en aquÈlla, a la publicaciÛn en el BoletÌn
Oficial de la ResoluciÛn Conjunta de los MINISTERIOS de
ECONOMIA y de OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS prevista en el ARTICULO
4° de la ResoluciÛn Conjunta MOSP N° 642 - M.E.
N° 1.126 del 30 de octubre de 1990.
Que el rÈgimen de libre disponibilidad de hidrocarburos
lÌquidos ha entrado en vigencia el 1° de enero de
1991, en virtud de las disposiciones del ARTICULO 5° del
Decreto N° 1212 del 8 de noviembre de 1989 y por estar directamente
vinculado con la desregulaciÛn de los precios de venta
de los mismos, dispuesta, a partir de la fecha citada, por la
ResoluciÛn...
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