Resolución 1894/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2011

Miércoles 2 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.103 41

2.2 Cualquiera de las partes podrá solicitar y tramitar la publicación de esta acta con posterioridad a su homologación.

En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento de la presente se suscriben en prueba de conformidad (3) ejemplares iguales, uno (1) para cada una de LAS PARTES y el tercero para ser presentado ante la autoridad de aplicación. Conste.

% 41 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1891/2010

Registro N'º' 1820/2010

Bs. As., 7/12/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.380.238/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a foja 100 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES y la empresa FAPROMED SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes convienen el pago de CUATROCIENTOS PESOS ($' 400), de carácter no remunerativo y por única vez, acorde al texto pactado.

Que a foja 112, manifiestan que el Convenio Colectivo de Trabajo que rige la actividad es el N'º' 244/94.

Que conforme lo pactado en el ArtÃculo 5 de marras, a foja 123 la entidad gremial ha manifestado que el destino de los mismos será para obras de carácter social, asistencial, previsional y cultural, en beneficio de los trabajadores a quienes representa, lo cual fue ratificado por la empresa a foja 124.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES y la empresa FAPROMED SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 100 del Expediente N'º' 1.380.238/10, juntamente con las actas glosadas a fojas 123/124, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 100 del Expediente N'º' 1.380.238/10 y las actas de fojas 123/124.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Luego, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 244/94.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.380.238/10

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1891/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 100 y 123/124 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1820/10.

— JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad de Bs. As. a los 22 dÃas del mes de abril de 2010 entre la Señora Lidia Beatriz Crespo en cu carácter de Secretaria Gremial y el Señora Ana MarÃa Manfredi en su carácter de Vocal en representación del Sindicato Trabajadores de Industrias de la Alimentación - Filial Buenos Aires, el Señor Marcelo Pascua en representación de los trabajadores y el Señor Carlos Fevre en representación de la empresa Fapromed SA. se ha arribado al siguiente acuerdo:

PRIMERO: Ambas partes consideran necesario realizar los mayores esfuerzos para mantener el nivel adquisitivo de los salarios del personal en la situación de crisis por la cual atraviesan vastos sectores de la actividad.

SEGUNDO: Que por ello y teniendo presente que no se arribó a un acuerdo por actividad a la fecha, a nivel de empresa las partes han pactado un pago extraordinario de $' 400,- (pesos cuatrocientos).

TERCERO: Las partes acuerdan que el pago aludido de $' 400,- (pesos cuatrocientos) para el personal jornalizado y mensualizado de convenio otorgándole naturaleza no remunerativa.

CUARTO: Dicho pago se otorga por única vez hasta la definición de las negociaciones paritarias, y será abonado en el transcurso de mes en curso.

QUINTO: Fapromed SA. se compromete a depositar en la cuenta de la Obra Social y del Sindicato el equivalente al 3% y el 2% respectivamente sobre el monto acordado por el mencionado concepto.

Se firman tres ejemplares de idéntico tenor y a un mismo efecto.

Buenos Aires, 27 de agosto de 2010.

Señora Directora Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Dra. Elena O. de Otaola S / D Ref. Expte. 1380238/10

De mi consideración:

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