Resolución 205/2011

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2011

Miércoles 2 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.103 15

Art. 21 — Financiamiento

Los gastos que demande la presente medida se atenderán con los créditos asignados y que se asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional.

Art. 22 — Sistema de Control

Los recursos que se asignen y las acciones que se deriven de la implementación del PROGRAMA PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO estarán sujetos al sistema de control previsto por la Ley N'° 24.156 de Administración Financiera y de los sistemas de control del Sector Público Nacional (Unidad de AuditorÃa Interna del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Sindicatura General de la Nación, y AuditorÃa General de la Nación).

Art. 23 — Reglamentación

Facúltase a la SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de aplicación y a celebrar los convenios que sean necesarios para la implementación de la presente Resolución.

Art. 24 — Derogación

Déjase sin efecto el Componente Trabajadores con Discapacidad del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO, regulado por el Manual Operativo del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N'° 102 del 21 de febrero de 2006, al momento de efectivizarse la inclusión de sus acciones en el marco del presente Programa.

Art. 25 — Vigencia

La presente medida entrará en vigencia el dÃa de su publicación.

Art. 26 — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Carlos A

Tomada.

% 15 % % 15 % Superintendencia de Servicios de Salud OBRAS SOCIALES Resolución 205/2011

RegÃstranse las reformas del Estatuto Social de la Obra Social de Patrones de Cabotaje de RÃos y Puertos.

Bs. As., 25/2/2011

VISTO el Expediente N'° 149489/2009-SSSALUD; y CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO la OBRA SOCIAL DE PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS (RNOS N'° 1-1450), solicita se registre la reforma introducida en el art. 4'° de su Estatuto.

Que motiva la reforma estatutaria, el requerimiento formulado al Agente del Seguro de Salud por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, de incluir en el objeto de la entidad la explotación de farmacias;

ello en el marco del trámite de adquisición, por parte de la Obra Social, de la Farmacia “Conde”, sita en España N'° 530 de la Localidad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires.

Que al efecto, se acompaña copia legalizada del Acta N'° 347 por la que el Consejo Directivo de la Obra Social aprobó por unanimidad, en sesión extraordinaria, la nueva redacción del art. 4'° - OBJETO, a cuyo texto original se le adiciona: la explotación de farmacias.

Que a los fines de registrar la modificación de la citada disposición, el Agente del Seguro adjunta un ejemplar original de Estatuto, con firma y sello en cada una de sus fojas del titular de la entidad (fs. 54/63) y dos copias certificadas por escribano público de dicho instrumento (fs. 64/74 y 75/85).

Que la Gerencia de Asuntos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR