Resolución 255/2021

Fecha de publicación09 Abril 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-13463197-APN-SE#MEC, la Ley Nº 26.020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.020 estableció el Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP).

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 26.020 y sus normas reglamentarias.

Que el GLP por sus características técnicas es apto para el uso de combustible alternativo en actividades del agro como lo es el flameado de malezas.Esta metodología está avalada por la experiencia internacional para su uso bajo condiciones de seguridad adecuadas.

Que atento a ello la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS dictó oportunamente la Resolución Nº 1.097 de fecha 26 de noviembre de 2015, que en su Anexo III permitió el uso de microplantas de llenado para ser instaladas por los usuarios para operaciones de recarga de recipientes, como lo son los que se utilizan en equipamiento de flameado.

Que la diversificación del uso del gas propano en nuevos segmentos como lo es el agro en nuestro país, con el actual grado de desarrollo de la tecnología, trae ventajas para la preservación del medio ambiente al mejorar la calidad de las emisiones, producto de la combustión y que, en el caso particular del flameado de maleza, además es favorable respecto al recurso suelo y agua comparado con el uso de químicos en el tratamiento de dichas malezas.

Que la preservación del medio ambiente en nuestro ordenamiento jurídico proviene como mandato expreso de la Constitución de la Nación Argentina.

Que en sintonía con los considerandos anteriores la Dirección de Gas Licuado de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS de esta Secretaría, ha procedido al análisis y elaboración del plexo normativo que forma parte de la presente medida que permite el uso del GLP propano para equipamiento de flameado como combustible para su aplicación en el desmalezado de cultivos.

Que en este aspecto también deben ser considerados los aportes que las entidades especializadas en agricultura puedan recomendar al usuario operador, respecto a las aplicaciones y forma de empleo específicas ante la variedad de malezas que puedan presentarse en los cultivos.

Que el desmalezado utilizando un equipo de flameado, también llamado equipo de control térmico de malezas alimentado con GLP propano ofrece una alternativa favorable respecto a la misma tarea de desmalezado con químicos o acción...

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