Resolución 2536.
Fecha de disposición | 27 Mayo 2016 |
Fecha de publicación | 27 Mayo 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 2536/2016
Bs. As., 16/05/2016
VISTO el Expediente N° 1.308/2002 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, Y
CONSIDERANDO
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).
Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.
Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.
Que se solicita autorización para la modificación de la composición societaria de la empresa D-NET COMUNICACIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70728070-7).
Que la Empresa D-NET COMUNICACIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70728070-7) posee Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Telefonía Pública, otorgado por Resolución N° 115 de fecha 27 de julio de 2002, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que de acuerdo a lo informado por la Licenciataria, la modificación de las participaciones sociales se origina con motivo de una operación de transferencia mediante la cual la Empresa SGF SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-69366226-1) se constituirá en socio mayoritario de la prestadora.
Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, modificada por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC), como así también lo referido a la modificación en las participaciones sociales de las licenciatarias.
Que el artículo 13 de la Ley N° 27.078 establece que: "Los licenciatarios deberán obtener autorización del ENACOM, para efectuar cualquier modificación de las participaciones accionarias o cuotas sociales en las...
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