Resolución 1916/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2011

Miércoles 23 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.098 43

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 43/44 del Expediente N'º' 1.401.958/10.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 43/44 del Expediente N'º' 1.401.958/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.401.958/10

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1922/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 43/44 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1835/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

Expte N'º' 1.401.958/10

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veinte dÃas del mes de setiembre del año dos mil diez, siendo las 15.30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la señora Jefa del Departamento de Relaciones Laborales N'º' 1, Mercedes M. GADEA por una parte y en representación del SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION PROVINCIA DE BS. AS. el Sr. Daniel LEO AnÃbal GOI y el delegado de planta Héctor Gabriel AnÃbal RODRIGUEZ con la asistencia letrada del Dr. Norberto LUNA y por la otra en representación de la empresa McCAINE ARGENTINA S.A. los Sres. Claudio RIBERO y Sr. Gastón SIGMARINGO, con la asistencia letrada del Dr. Alejandro SPORLEDER, apoderado.

Declarado abierto el acto por la actuante las partes manifiestan que sobre la base de la fórmula conciliatoria ofrecida por el Ministerio de Trabajo, como forma de solucionar el conflicto planteado entre las partes referido al personal representado por la entidad gremial en el establecimiento de la empresa de la localidad de Pilar, han arribado al siguiente acuerdo:

1) Establecer en las mismas condiciones acordadas en el punto 5) del Expte. N'º' 1376674/10 a partir del 1 de agosto de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, una asignación no remunerativa de $' 300.- (pesos trescientos) que reemplaza y absorbe la asignación no remunerativa prevista en el punto 5) del Expte. 1.376.674/10, acuerdo de fecha 17-05-10 entre la FIPAA y la Federación Trabajadores de Industrias de la Alimentación.

2) Las partes acuerdan asimismo, en el entendimiento que el consenso resulta premisa esencial para la mejora de la empresa y de los trabajadores, volver a reunirse en la primera semana del mes de diciembre de 2010 a efectos de continuar con el análisis de opciones superadoras respecto de los temas del presente expediente, con el compromiso mutuo de colaboración para beneficio de ambas partes.

3) Que ante la expresa petición del sector sindical, a parte empresaria manifiesta que se aviene al pago de la cuota sindical correspondiente a las sumas no remunerativas acordadas precedentemente, que efectivizará en la forma y perÃodo de estilo.

4) Las partes solicitan la pertinente homologación del acuerdo precedente.

Con lo que se cerró el acto, siendo las 16.30' hs, labrándose la presente que leÃda es firmada de conformidad y para constancia, ante la actuante que certifica.

% 43 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1914/2010

Registro N'º' 1838/2010

Bs. As., 10/12/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.308.736/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO (SI.TRA.TEL.) y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traido a estudio se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 878/07 “E”, el que fuera suscripto entre las precitadas partes.

Que bajo el mismo, los agentes negociales convienen la modificación de los valores a abonarse en concepto de “Becas” y “Plus por Comida”, conforme allà se det...

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