Resolucion 251

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación27 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31144

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de Junio de 2006, se reúnen por una parte los Sres. Carlos H. Arreceygor, en su calidad de Secretario General, Gerardo Antonio González, en su calidad de Secretario de Relaciones Internacionales, Julio Barrios, en su calidad de Vocal y Fernando Luna, Rodrigo A. Morales, Marcelo Grande, Marcelo Rico, Héctor A. Galoto, Diego H. Castronuovo y Juan Derene como delegados del personal, en representación del Sindicato Argentino de Televisión SAT, con domicilio en la calle Quintino Bocayuva 50 de la Nº 31.144 41Viernes 27 de abril de 2007

01/07/2005 $ 1077,03 $ 3.231,09

01/08/2005 $ 1093,75 $ 3.281,24

01/09/2005 $ 1.111,75 $ 3.335,13

Acuerdo 04/08/2005

01/10/2005 $ 1.129,71 $ 3.389,12

01/11/2005 $ 1.147,69 $ 3.443,07

01/12/2005 $ 1.165,67 $ 3.497,02

Expediente Nº 1.092.430/04

BUENOS AIRES, 22 de marzo de 2007

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 251/07, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 377/07.

-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 239/07

REGISTRO Nº 370/07

Bs. As., 15/3/2007

VISTO el Expediente Nº 219.734/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 31/32 del Expediente Nº 219.734/06, obra el Acuerdo celebrado por el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE PARANA, la FEDERACION DE INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ENTRE RIOS y el SINDICATO DE TRABAJADORES PASTELEROS CONFITEROS PIEROS Y ALFAJOREROS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes acordaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 381/04, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la representación empresaria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergentes de sus personerías gremiales.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el convenio alcanzado, se procederá a elaborar, por intermedio de la...

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