Resolución 250. RESOL-2018-250-APN-INPI#MPYT

Fecha de disposición28 Septiembre 2018
Fecha de publicación28 Septiembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 250/2018

RESOL-2018-250-APN-INPI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2018

VISTO el Expte Nº EX-2018-46643275--APN-DO#INPI del registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), el Convenio Unión de París, aprobado por Ley Nº 17.011, la Ley Nº 24.481 (t.o.1996), la Ley Nº 22.362, el Decreto-Ley Nº 6673/63 ratificado por Ley Nº 16.478, la Ley Nº 22.426, la Ley Nº 27.444, el Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017), el Decreto Nº 561/16, el Decreto Nº 733/18, y la Resolución MP Nº 311/17,

CONSIDERANDO:

Que las Leyes sustantivas citadas en el Visto, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, de Marcas y Designaciones, y de Modelos y Diseños Industriales, han sido objeto de modificaciones por medio de la Ley Nº 27.444, destinadas a simplificar y desburocratizar los trámites pertenecientes a los citados regímenes, otorgando a su vez al INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL amplias facultades para reglamentar todo lo atinente a los procedimientos, en procura de simplificar y agilizar los trámites, propendiendo a que el devenir de la tramitación no implique una sobrecarga innecesaria al administrado.

Que, asimismo, por la citada reforma se invistió al organismo para establecer, modificar, eliminar aranceles en relación a los trámites que se realicen ante el mismo, inclusive aquéllos tendientes al mantenimiento del derecho del titular, y administrar los fondos que recaude por el arancelamiento de sus servicios.

Que por otra parte, el Estado Nacional ha acometido la tarea de informatizar toda su gestión, generando herramientas electrónicas transversales para todo el ámbito de la Administración Pública, con el objeto de dar por terminado con el soporte papel como medio físico por el cual los ciudadanos peticionen y la Administración sustancie y resuelva los trámites, adscribiendo y tendiendo medios operativos para que las presentaciones de los ciudadanos y la interlocución con el usuario se realice a través de medios electrónicos, relevando a los particulares y las empresas de la carga de acudir personalmente a la sede de los distintos organismos que conforman aquélla.

Que conjugada la modificación legislativa de que fueron objeto tres de los cuatro regímenes legales de competencia de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, con las...

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