Resolución 25. Asunto: Aduana Especializada. Resolución General AFIP N° 1924, modificada por Resolución N° 03\/10 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art 6°.

Fecha de disposición12 Septiembre 2016
Fecha de publicación12 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 25/2016

Asunto: Aduana Especializada. Resolución General AFIP N° 1924, modificada por Resolución N° 03/10 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art 6°.

Buenos Aires, 07/09/2016

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA N° 12626-8-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, se presenta el Sr. Carlos Spangenber, DNI N° 16.335.137, en su carácter de apoderado de la firma MOTOMEL S.A., CUIT N° 30-66153416-4, solicitando la autorización para la importación por ante la División Aduana SAN NICOLAS de mercaderías correspondientes a determinadas Posiciones Arancelarias NCM / SIM, bajo el Régimen de "Aduanas Especializadas" establecido por la Resolución General AFIP 1924 y modificatorias.

Que, fundamenta su pedido en razones de índole logísticas, económicas y operativas, toda vez que la firma centra sus operaciones de recepción, control y distribución en su planta fabril con sede en la localidad del Partido de San Nicolás.

Que atento las razones expuestas, y con la conformidad brindada por la División Aduana SAN NICOLAS, cuya admisión cuenta con la opinión favorable de la Dirección Regional Aduanera PAMPEANA, sería procedente autorizar el requerimiento realizado. Ello así, por cuanto las mercaderías objeto de la excepción no afectan la finalidad tenida en cuenta al instituirse el Régimen en trato, contando la Aduana citada con los recursos humanos calificados y necesarios para la verificación de la mercadería.

Que ha tomado la debida intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en los términos de la Instrucción General Conjunta N° 01/2006 (SDG OAI) y N° 01/2006 (SDG TLA), propiciando la citada excepción.

Que el presente acto administrativo, se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 6° de la Resolución General AFIP 1924/05.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS

A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Autorícese a la firma MOTOMEL S.A., CUIT N° 30-66153416-4, a documentar las mercaderías encuadradas en las Partidas Arancelarias 6116, 8205, 8301, 8421, 8467, 8471, 8523, 8531, 8536, 8544, 8708, 8711, 8714, 9608, 9613, y las Posiciones Arancelarias 8206.00.00.100Z, 8205.00.00.200E, 8206.00.00.700G, 8206.00.00.800M, 8206.00.00.900T, 8202.40.00.000B y...

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