Resolucion 25

Fecha de disposición25 Abril 2008
Fecha de publicación25 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31392

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES Resolución Nº 25/2008

Registro Nº 198/2008

Bs. As., 10/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.243.902/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 48/49 del Expediente Nº 1.243.902/07, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y la empresa NUEVO TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo referido la Empresa incrementará a partir del 1 de septiembre de 2007 los valores no remunerativos percibidos en concepto de Suma Fija a Cuenta de Futuros Aumentos.

Que a partir del 1 de mayo de 2008 las partes acuerdan la incorporación a los salarios básicos convencionales, de los montos correspondientes a las sumas no remunerativas y como otorgadas a Cuenta de Futuros Aumentos.

Que asimismo la Empresa abonará a todos los trabajadores representados por el Sindicato una suma fija no remunerativa y por única vez, de acuerdo al texto del Acuerdo citado.

Que el Acuerdo de marras se establece en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 840/07 'E'.

Que las partes firmantes en el presente Acuerdo, son las signatarias del citado Convenio.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, las partes deberán acompañar las escalas salariales que regirán a partir del 1 de mayo de 2008, de conformidad a lo establecido en el artículo 5º del acuerdo. Cumplido esto, la Dirección...

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