Resolución 33/2011

Fecha de la disposición14 de Febrero de 2011

Lunes 14 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.091 15 % 15 % % 15 % Ente Nacional Regulador de la Electricidad ENERGIA ELECTRICA Resolución 33/2011

Sanciónase a “EDELAP S.A.” por incumplimiento a obligaciones emergentes del Contrato de Concesión.

Bs. As., 8/2/2011

VISTO: Los Expedientes ENRE N'º' 33.581/2010 y N'º' 33.540/2010, y CONSIDERANDO: Que a raÃz de los acontecimientos de público y notorio conocimiento suscitados entre los dÃas 20 y 31 de diciembre de 2010 en el área de concesión de la “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA” (“EDELAP S.A.”), este Ente Regulador dio inicio al procedimiento sancionatorio correspondiente.

Que en ese sentido, el 17 de enero de 2011 se emitió la Resolución DDCEE N'º' 4, obrante a fojas 126/131 del Expediente ENRE N'º' 33.581/2010, mediante la cual se formularon cargos a “EDELAP S.A.”, por incumplimiento a lo dispuesto en el ArtÃculo 25, incisos a), d), f), g), ñ) e y) de su Contrato de Concesión y en el ArtÃculo 27 de la Ley N'º' 24.065, asà como también a las previsiones establecidas en la Resolución ENRE N'º' 905/1999, por los hechos y conducta referidos en los considerandos de dicho acto;

Que a fojas 131 obra la constancia de notificación de dicha Resolución, habiendo “EDELAP S.A.” contestado en debido tiempo y forma los cargos formulados y acompañado prueba documental en dos anexos, indicados como “A” y “B” (Nota Entrada N'º' 177.997 de fecha 1 de febrero de 2011, fojas 132/180);

Que en su descargo la Distribuidora manifiesta:

Lunes 14 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.091 16

Que cumpliendo con instrucciones del ENRE ha implementado acciones en el marco del Plan Verano 2010/2011, actuando proactivamente para evitar y/o limitar la mayorÃa de ellos a partir del incremento de las inversiones en la estructura de las redes y en el establecimiento de una organización especial, con recursos dedicados para atacar y solucionar los inconvenientes que pudieran ocurrir;

Que en su área de concesión, durante los meses de noviembre y diciembre de 2010 concurrieron factores climáticos caracterizados por elevadas temperaturas superior a las medias anuales;

Que las circunstancias aludidas en el considerando anterior, sumadas a otros factores, afectaron de manera imprevisible numerosos cables de sus instalaciones, lo cual provocó salidas de servicios;

Que la capacidad nominal de dichas instalaciones está calculada para una resistividad térmica del terreno de 100'° C cm/W, correspondiente a un terreno húmedo con lluvias regulares; cuando en los meses indicados, la resistividad térmica fue de 200'° C cm/W, tornando necesario un factor de corrección en el cálculo de la corriente máxima admisible;

Que a los factores climáticos, cabe añadir la elevada demanda sostenida en el tiempo, razones por las cuales considera que no corresponde la formulación de cargos;

Que en relación con los tiempos de reposición del suministro, en su presentación incluye distintos gráficos de barra para el perÃodo comprendido entre el 22 y el 31 de diciembre de 2010 (cantidad de clientes y tiempos de reposición del suministro); para concluir que el 91% de las interrupciones en Media Tensión fueron resueltos en menos de 3 horas;

Que refuta la imputación de la Resolución DDCEE N'º' 4/2011 vinculada con 2 afectaciones de alimentadores de Media Tensión en los que se superaron las horas de corte, que dejó sin servicio a 8758 usuarios.

Al respecto, manifiesta que el único alimentador que quedó fuera de servicio por las condiciones climáticas fue el 9835/32, dado que el 9225/08 resultó averiado por el accionar de terceros, circunstancia que considera que encuadra dentro de los extremos de fuerza mayor, previstos en los artÃculos 513, 514, 724, 888, 895 del Código Civil;

Que en respuesta al requerimiento de la Nota ENRE N'º' 96.528 expone que en lo que se refiere al incremento de grupos electrógenos incluye en su descargo una planilla con el detalle y especificaciones de los nuevos grupos instalados, acompañando como probanza las copia de las órdenes de compra correspondientes. Vinculado con ello, concluye que durante el perÃodo considerado: a) fueron utilizados en forma continua un total máximo del 33% del parque disponible; b) los electrodependientes, en razón de que al hallarse debidamente individualizados, fueron atendidos con antelación a la autonomÃa con la que contaban ese tipo de usuarios;

Que respecto de los planes de inversión, incorpora una planilla con el detalle de las inversiones realizadas desde el año 2005 al 2010, que alcanzó un monto de CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($' 45.404.882);

Que en cuanto al incremento del personal, manifiesta que ha cumplido con la directiva del ENRE, por cuanto reforzó dicho personal en un 21%, rechazando por lo tanto los cargos;

Que detalla sus planes de operación y mantenimiento de la red de Media y Baja Tensión, y en los sistemas de Alta, Media y Baja tensión, como asimismo las campañas educativas y de comunicación que desarrolla;

Que en cuanto a los planes de operación, la sumariada indica que en la red de Media y Baja tensión se realiza de conformidad con los compromisos asumidos con el ENRE.

En tal sentido detalla los distintos dispositivos con los que cuenta para que sus redes sean operadas y planificadas siguiendo el criterio “NO ADMITIR CORTES DE DEMANDAS PERMANENTES ANTE SIMPLE CONTINGENCIA;

Que también indica las pautas operativas, según cada nivel de tensión;

Que para la operación del sistema de alta tensión: a) han dividido la red de alta tensión en subsistemas de 132kV, a fin de limitar las potencias de cortocircuito a valores inferiores a los de diseño y minimizar los efectos de fallas en la continuidad del prestación del servicio a los usuarios; b) para los transformadores AT/AT y AT/MT no admiten sobrecargas en los transformadores de las subestaciones; c) la red de 220kV y 132kV se ha configurado de manera que en caso de producirse una contingencia simple exista una vÃa alternativa de alimentación para superar los cortes con rapidez; d) la consigna para las tensiones de barras es mantenerlas dentro de lo lÃmites fijados en los Procedimientos técnicos de CAMMESA;

Que para la operación del sistema de transformación AT/MT el plan operativo se encuentra programado de manera que frente a una contingencia simple, la demanda comprometida sea abastecida mediante maniobras en subestaciones y/o en la red de media tensión;

Que en relación con la operación del Sistema de media tensión, la estructura de la red de media y baja tensión tiene un diseño mallado con posibilidades de divisiones en red, para permitir el apoyo de alimentadores desde una misma subestación o centro de transformación o desde subestaciones o centros vecinos;

Que en cuanto al sistema de baja tensión, los criterios operativos son: a) en las áreas de alta y mediana densidad de población, la red de baja tensión posee un sistema mallado con posibilidades de divisiones en red, lo cual permite el apoyo de alimentadores del mismo centro de transformación o de otros centro vecinos; b) para las áreas de baja densidad poblacional, la red de baja tensión se encuentra configurada en forma radial, razón por la cual para el caso de contingencias en un centro de transformación, la Distribuidora cuenta con 4 equipos móviles;

Que en cuanto al mantenimiento, manifiesta haberlo realizado en un todo de acuerdo a los compromisos asumidos por “EDELAP S.A.” ante el regulador, tratándose de los ordinarios anuales;

Que presenta una relación de la incidencia de las causas de mantenimiento y de los trabajos realizados en 2009 y 2010, comparando ambos perÃodos, cuya conclusión expone afirmando haber incrementado el nivel de acciones de mantenimiento, activas y potenciales, para...

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