Resolución 249.

Fecha de disposición28 Abril 2016
Fecha de publicación28 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 249/2016

Bs. As., 22/04/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0008151/2016 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa de bandera chilena SKY AlRLINE SOCIEDAD ANÓNIMA solicita autorización para operar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en la ruta SANTIAGO DE CHILE (REPÚBLICA DE CHILE) - CÓRDOBA (REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, mediante el ejercicio de UNA (1) frecuencia diaria, utilizando equipos de gran porte.

Que la operatoria propuesta se encuentra contemplada en el Acta de la Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la REPÚBLICA ARGENTINA y de la REPÚBLICA DE CHILE de fecha 14 de agosto de 1996, que constituye el marco bilateral que rige las relaciones aerocomerciales entre ambos países.

Que el transportador ha sido designado por el Gobierno de su país, de conformidad con lo dispuesto a nivel bilateral, para efectuar los servicios requeridos.

Que la Empresa acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente para efectuar los servicios requeridos.

Que en consecuencia, no observándose inconvenientes para la explotación de tales prestaciones, se hace necesario dictar la norma administrativa que haga efectivo el otorgamiento de los servicios solicitados a favor de la compañía aérea de la REPÚBLICA DE CHILE, de conformidad con lo convenido a nivel bilateral entre dicho país y la REPÚBLICA ARGENTINA, en ejercicio de las competencias que normativamente corresponden a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por el Artículo 129 de la Ley N° 17.285 (CÓDIGO AERONÁUTICO), por los decretos N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL

DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Autorízase a la Empresa de bandera chilena SKY AIRLINE SOCIEDAD ANÓNIMA a explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en la ruta SANTIAGO DE CHILE (REPÚBLICA DE CHILE) - CÓRDOBA (REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, mediante la realización de UNA (1) frecuencia diaria, utilizando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR