Resolución 530/2010

EmisorAutoridad Federal de Servicios de Comunicacion Audiovisual
Fecha de la disposición31 de Enero de 2011

Lunes 31 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.081 23 % 23 % AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL Resolución N'º' 412/2010

Bs. As., 3/12/2010

VISTO, el Expediente N'º' 0645-COMFER/09, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO EDUCATIVO “CULTURA EN ACCION”, del partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires, solicitó celebrar con el EX COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION (COMFER), actual AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, un convenio de enseñanza en calidad de adscripto al I.S.E.R., a los fines de impartir la carrera de LOCUTOR NACIONAL de acuerdo a la normativa vigente.

Que el artÃculo 12, inciso 21) de la Ley N'º' 26.522, establece que la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL tendrá, entre otros, la función de “Registrar y habilitar al personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios y de comunicación audiovisual cuando fuere pertinente, asà como proveer a su formación y capacitación”.

El INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER) podrá reconocer como entidades adscriptas a aquellos establecimientos educativos que lo soliciten e impartan una capacitación equivalente y en relación con sus programas, carga horaria, nivel académico y selección de docentes”.

Que la Resolución N'º' 0789-COMFER/02, con el objeto de asegurar la igualdad de oportunidades, amplió la posibilidad de adscripción al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA a Institutos Educativos Terciarios o Universidades de todo el territorio nacional sin excepción alguna.

Que la Dirección de Enseñanza consideró que el CENTRO EDUCATIVO “CULTURA EN ACCION” reúne las condiciones académicas necesarias para implementar el plan de estudio de la carrera de Locutor Nacional.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artÃculos 12 inciso 21 de la Ley 26.522; 154 de la reglamentación de dicho cuerpo legal aprobada por el Decreto N'º' 1225/10; 1'º del Decreto 1974 de fecha 10 de diciembre de 2009 y 1'º del Decreto 66 de fecha 14 de enero de 2010.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébase el Convenio de Adscripción con el CENTRO EDUCATIVO “CULTURA EN ACCION”, del partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido archÃvese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, en adelante AFSCA, representado en este acto por el Presidente de su Directorio, Lic. Juan Gabriel MARIOTTO por una parte y por la otra parte el Centro Educativo “Cultura en Acción”, del partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires, en adelante EL ADSCRIPTO, representado por el Sr.

Alfredo MELLINO y la Sra. Sandra de MELLINO, en su carácter de directivos, se conviene en celebrar el presente CONVENIO DE ENSEÑANZA, conforme a lo previsto en la Resolución N'º' 0789/ COMFER/02 (BASES PARA LA ADSCRIPCION), el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El ADSCRIPTO impartirá la Carrera de LOCUTOR NACIONAL, de forma independiente a cualquier otra carrera, respetando la totalidad de las asignaturas troncales, complementarias y los contenidos del Plan de Estudio vigente de la carrera del ISER. Asimismo, todo cambio parcial o sustitución total, del mencionado Plan de Estudio, que en el futuro se apruebe, deberá ser implementado como obligación ineludible del ADSCRIPTO, para el dictado de las materias. Se excluye especÃficamente cualquier forma de educación a distancia o virtual.

SEGUNDA: El ADSCRIPTO designa como responsable académico de la Carrera de Locutor Nacional a la Sra. Amarilis CORTABARRÍA. En caso de ser reemplazado por otro profesional, el ADSCRIPTO lo comunicará al ISER en debida forma.

TERCERA: El ISER podrá supervisar, a través de los procedimientos y evaluaciones periódicas que a su criterio sean necesarias: el desarrollo pedagógico de todas las asignaturas del Plan de Estudio y el desempeño académico institucional de la carrera, a fin de garantizar la excelencia de la enseñanza impartida, relativa a la Carrera de LOCUTOR NACIONAL, sin perjuicio de otras supervisiones que el ADSCRIPTO solicite. Asimismo, el ISER verificará los antecedentes curriculares de los profesores de cada una de las materias a dictar...

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