Resolución 244/2022
Fecha de publicación | 06 Diciembre 2022 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA |
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2022
VISTO el EX-2022-128346136- -APN-AAIP, las Leyes Nros. 25.326, 26.951 y 27.275 y sus respectivas reglamentaciones, los Decretos Nos. 1558 del 29 de noviembre de 2001, 2501 del 17 de diciembre de 2014, 746 del 25 de septiembre de 2017, la Resolución AAIP N° 240 del 1 de diciembre de 2022 y la Disposición DNPDP N° 71-E del 13 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 19 de la Ley Nº 27.275 y sus modificatorios se creó la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA como ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en la Ley N° 27.275, garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover medidas de transparencia activa y actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326.
Que la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales en su artículo 1°, tiene por objeto “la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional”.
Que, asimismo, a través del artículo 9° de la Ley N° 26.951, sustituido por el artículo 14 del Decreto N° 746 del 25 de septiembre de 2017, se estableció a la Agencia de Acceso a la Información Pública como autoridad de aplicación de dicha ley que crea el Registro Nacional “No llame”.
Que, entre las atribuciones asignadas a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA se encuentra la de dictar las normas y reglamentaciones que se deben observar en el desarrollo de las actividades comprendidas por la Ley N° 25.326 en el artículo 29 apartado 1, inciso b.
Que la Agencia de Acceso a la Información Pública, Autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 25.326 y 26.951, tiene entre sus facultades imponer sanciones administrativas en caso de que se incurra en el incumplimiento de los principios, deberes y garantías contenidas en ellas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 29, apartado 1, inciso f) de la misma ley.
Que a través de la Resolución AAIP N° 240 del 1 de diciembre de 2022, norma que derogó la Disposición...
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