Resolución 309/2011

Fecha de la disposición25 de Enero de 2011

Martes 25 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.077 13

2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se implementó un régimen de compensaciones para aquellos molinos de trigo y/o usuarios de molienda que vendan en el mercado interno harina de trigo calidad triple cero (“000”) en forma masiva o con destino al sector manufacturero para la elaboración de productos de consumo masivo y que demuestren haber pagado el FAS teórico de acuerdo a condiciones de calidad, contemplándose la incidencia en el precio de compra del costo del flete según la ubicación geográfica del establecimiento elaborador.

Que por la mencionada Resolución N'º' 2242/09 y sus modificatorias, se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las compensaciones correspondientes.

Que, en ese contexto, la firma MOLINOS TRES ARROYOS S.A., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 3064450533-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 191010425501040155303-2, de la Localidad de TRES ARROYOS, Provincia de BUENOS AIRES, solicita compensación por las ventas de harina de trigo calidad triple cero (“000”) realizadas durante los meses de agosto y septiembre de 2010.

Que el Area de Compensaciones de Granos de la citada Oficina Nacional evaluó las solicitudes presentadas por dicha firma y procedió a efectuar la liquidación de las compensaciones requeridas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 32/34 y 57/59.

Que la Coordinación de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.

Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar las compensaciones solicitadas, autorizándose el pago de las mismas.

Que la Dirección de Asuntos JurÃdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â Apruébase las compensaciones solicitadas por la firma MOLINOS TRES ARROYOS S.A., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 30-64450533-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 1910104255010401553032, de la Localidad de TRES ARROYOS, Provincia de BUENOS AIRES, correspondientes a los meses de agosto de 2010 por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($' 2.375.577,71) y septiembre de 2010 por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS...

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