Resolución 119/2011

EmisorInstituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
Fecha de la disposición20 de Enero de 2011

Jueves 20 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.074 58

CONSIDERANDO:

Que se detecta en la actividad cinematográfica que las contrataciones de técnicos y personal especializado para la misma, se ha ido canalizando en forma marcada hacia personas que no revisten relación de dependencia con el productor de la obra.

Que la modalidad contractual seguida, normalmente contratándose a dicho personal por medio de terceras empresas —cualquiera sea la forma jurÃdica que las mismas adopten—, dista de fomentar el pago de todos los aportes que hacen a una relación laboral debidamente registrada.

Que el trabajo en blanco, es decir aquél registrado en el que se cumplen plenamente con las obligaciones legales impuestas en tutela del trabajador, resulta objetivo esencial de todo estado de derecho y en particular ha sido una meta permanente de la Administración Nacional, expresada en diversas normas y accionar del Poder Ejecutivo coherente con tal designio.

Que la precarización de la relación laboral, por cualquier circunstancia y/o artilugio que ello ocurra, contraviene los cometidos que asumiera la República Argentina en el cual cobran plena vigencia operativa los derechos económicos, sociales y culturales, a los que el PaÃs no sólo está obligada por el artÃculo 14 bis de su Constitución; sino además por Tratados Internacionales suscriptos en la materia (Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo Adicional de San Salvador en el marco de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, Tratado de la Organización Internacional de Trabajo y sus resoluciones, entre muchos otros).

Que la tercerización de las relaciones laborales en agrupaciones de técnicos o personal especializado en la materia, aparece muchas veces justificada empresarialmente sobre la base de evitar aportes y contribuciones; tienen una marcada incidencia en el costo final de las producciones y las tornarÃa no competitivas vis a vis otras de la misma naturaleza.

Que tales aportes y contribuciones, conforme surge de la legislación aplicable y del propio cuadro que suministra el Ministerio de Trabajo de la Nación y que se reproduce a continuación, alcanzan los guarimos que se indican:

Tabla de Aportes y Contribuciones Contribuciones Empleador Trabajador Jubilación 16% 11% PAMI 2% 3% Obra Social 5% 3% Asignaciones familiares 7,5% Fondo Nacional de Empleo 1,5% Seguro de Vida Obligatorio 0,03% ART (lo que cotice la ART) Que la labor del Estado resulta...

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