Resolución 1845/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 18 de Enero de 2011 |
Martes 18 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.072 49
SALARIOS PERSONAL EMBARCADO DESDE 1.6.09
SALARIOS BASICOS MENSUALES CATEGORIA SALARIO POR MES 1 3.886,75
2 3.408,22
3 3.312,23
4 3.219,22
5A 3.084,20
5B 2.925,20
6 2.763,19
7A 2.551,56
7B 2.438,56
8A 2.415,60
8B 2.323,20
9 2.288,00
PLUS EMBARCADO ($' por dÃa) CATEGORIA SISTEMA NORMAL lunes a viernes SISTEMA X EQUIPOS 21X21
1 170,68 244,00
2 142,00 210,11
3 133,11 193,15
4 126,98 183,00
4A 125,62 174,87
5B 124,25 166,73
6 102,41 151,82
7A 95,58 140,98
7B 87,39 130,13
8A 82,59 122,00
8B 77,83 114,53
9 75,80 111,82
ADICIONAL POR DEDICACION FUNCIONAL ** DRAGADO y * BALIZAMIENTO $' por dÃa embarcado CATEGORIA ADICIONAL 1 145,20
2 112,20
3 89,10
4 35,20 ** DRAGADO: Sólo se abona en draga Nuñez y Lanchas ** BALIZAMIENTO: Sólo se abona cuando el trabajador se encuentra balizando en el rÃo.
DRAGADO Y BALIZAMIENTO PERSONAL EMBARCADO Y TIERRA ANTIGUEDAD 1 A 5 AÃOS 132,00
MAS DE 5 HASTA 10 ANOS 319,00
MAS DE 10 HASTA 15 AÃOS 360,80
MAS DE 15 AÃOS 396,00
Se considera la antigüedad en HIDROVIA S.A. al 31 de diciembre de cada año.
COMPENSACION POR FRANQUIA BALIZAMIENTO CATEGORIA Sistema Lunes a Viernes 1 72,51
2 62,43
3 58,21
4 58,21
5A 58,21
5B 58,21
6 58,21
7A 58,21
7B 58,21
8A 58,21
8B 58,21
9 58,21
DESARRAIGO: $' 72,60.
PLUS EMBARCADO ($' por dÃa) BALIZAMIENTO CATEGORIA SISTEMA X EQUIPOS 7 x 7 -14 x 14
1 209,00
2 187,00
3 176,00
4 165,00
5A 159,50
5B 154,00
6 143,00
7A 132,00
7B 121,00
8A 115,50
8B 110,00
9 104,50
PLUS ESPECIAL ($' por dÃa) CATEGORIA SISTEMA NORMAL lunes a viernes SISTEMA X EQUIPOS 7 x 7 -14 x 14 -21 x 21
1 46,78 46,78
2 40,27 40,27
3 37,56 37,56
4 37,56 37,56
5A 37,56 37,56
5B 37,56 37,56
6 37,56 37,56
7A 37,56 37,56
7B 37,56 37,56
8A 37,56 37,56
8B 37,56 37,56
9 37,56 37,56
ADICIONAL POR TITULO CATEGORIA PESOS POR DIA EMBARCADO DRAGADO BALIZAMIENTO 1 122,10 67,65
2 90,20 67,55
3 60,50 33,00
4 33,00 33,00 % 49 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1845/2010
Registro N'º' 1767/2010
Bs. As., 25/11/2010
VISTO el Expediente N'º' 1.377.077/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 11/12 del Expediente N'º' 1.377.077/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la empresa GALERIAS PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).
Que por el mencionado acuerdo las partes establecen la modificación del sistema de francos vigentes en el área de Servicios al Cliente, a partir del 31 de marzo de 2010.
Que los términos de lo convenido son obligatorios como acuerdo marco colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que asistan a los trabajadores involucrados.
Que es dable indicar en relación a lo pactado que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º'...
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