Resolución 1469/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición17 de Enero de 2011

Lunes 17 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.071 79

ANEXO IV CONVENIO DE LA ASOCIACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS DE BUENOS AIRES, SAN ISIDRO Y AGENCIAS HIPICAS PROVINCIALES Y NACIONALES con HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. - C.C.T. N'° 662/04 “E” ACCIONES DE MEJORA SALARIAL DEL PERSONAL ENCUADRADO EN EL Art. 18: SECCION TURF INCORPORACION ESCALONADA Y PAULATINA DE LA ASIGNACION NO REMUNERATIVA VIGENTE A AGOSTO 2011, A LOS BASICOS, ENTRE SEPTIEMBRE 2011 Y DICIEMBRE 2011

BASICOS Y ASIGNACION NO REMUNERATIVA POR REUNION Expte. 1.267.095/08

En la ciudad de Buenos Aires, a los tres dÃas del mes de septiembre de dos mil diez, siendo las 11.00 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones Laborales, ante mÃ, Raúl FERNANDEZ, Jefe del Departamento N'º' 3 de Relaciones del Trabajo, y con asistencia de la Lic. Fiorella COSTA, los señores Diego QUIROGA, D.N.I. N'º' 23.193.209, Juan Carlos BATTISTELLA, D.N.I. N'º' 7.781.889,

Nancy ROJAS, D.N.I. N'º' 24.715.020 y Antonio UNTI, D.N.I. N'º' 11.179.308, en carácter de miembros de la Comisión Directiva de la ASOCIACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS BUENOS AIRES, SAN ISIDRO Y AGENCIAS HIPICAS PROVINCIALES Y NACIONALES, conjuntamente con la delegada del personal Silvia GUTIERREZ, D.N.I. N'º' 27.269.130, y los miembros paritarios, Laura SOSA, D.N.I. N'º' 30.585.588, Carmen QUIROZ, D.N.I. N'º' 24.231.138, Jorge Omar SAUCEDO, D.N.I. N'º' 4.554.777 e Hilario CEJAS, D.N.I N'º' 5.252.384, por una parte, y por la otra lo hace el señor Pedro Javier MatÃas LURO, D.N.I. N'º' 24.028.539, en carácter de apoderado de la firma HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A., carácter que acredita con copia de poder que acompaña, cuya autenticidad y vigencia declara bajo juramento, asistido por el Dr. Diego José LORENZO, T'º 70, F'º 694, CPACF.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que le fue la palabra a ambas partes, de mutuo y común acuerdo, manifiestan: Que han arribado a un acuerdo de carácter salarial, dentro del marco del C.C.T. N'º' 662/04 “E”, a tenor del instrumento que en 12 fojas adjuntan, reconociendo como propias las firmas allà insertas y solicitando la elevación a la Superioridad a los efectos de la continuidad del trámite homologatorio. Que, a tales efectos, la, representación sindical expresa que se encuentra cubierto el cupo femenino exigido por la legislación vigente como asà también que se da cumplimiento al requerimiento normativo referido a la suscripción de los Delegados del personal. Por su parte la representación empresaria declara bajo juramento que no se han producido modificaciones estatutarias ni de conformación del Directorio, como asà también que sigue plenamente vigente el poder que le fuera otorgado oportunamente, ello con referencia a los instrumentos que se encuentran agregados a estos obrados con anterioridad.

Asimismo, las partes dejan expresado que respecto de las sumas no remunerativas, se ha contemplado la forma en que serán incorporadas a los básicos de convenio, contestes con las recientes decisiones jurisprudenciales y recomendaciones de esta Cartera de Estado.

Concedida que le fue la palabra a la representación sindical, manifiesta: Que conforme dictámenes que obran agregados en el marco del presente expediente la comisión arbitral de la Confederación General del Trabajo resolvió encuadrar al personal denominado mensual que se desempeña en el Hipódromo Argentino de Palermo S.A. dentro del ámbito representativo de esta Asociación Gremial. En virtud de ello, solicitamos a la empresa analice la implementación de beneficios para dicho personal en lÃnea a lo acordado en el marco del presente expediente para el resto de los trabajadores.

Concedida que le fue la palabra a la representación empresaria, manifiesta: Que toma conocimiento de la solicitud efectuada, la cual trasladará a las autoridades de la empresa y tendrá presente para su oportunidad.

Con lo que terminó el acto, siendo las 13,00 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mà que certifico.

% 79 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'° 1469/2010

Registro N'° 1470/2010

Bs. As., 1/10/2010

VISTO el Expediente N'° 1.103.087/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MASSALIN PARTICULARES SOCIEDAD ANONIMA, el que luce agregado a foja 198 del Expediente N'° 1.103.087/05, ratificado a foja 199 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo las partes convienen nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empresa representados por la entidad sindical, que se desempeñen en las Plantas de Merlo,

Alem, J.C. Paz, Munero y Goya, conforme a las consideraciones que surgen del texto pactado.

Que en relación al incremento...

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