Resolucion 241

Fecha de disposición21 Enero 2008
Fecha de publicación21 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31327

AVISOS OFICIALES Nuevos PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA DE TURISMO ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES - Ley Nº 22.351

Resolución APN Nº 241/2007 del Honorable Directorio Expediente Nº 151/2005, en DOS (2) cuerpos Bs. As., 23/11/2007

LAADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: 1º.- Aprobar los documentos denominados 'REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARALOS PARQUES NACIONALES, MONUMENTOS NATURALES Y RESERVAS NACIONALES' y 'NORMAS PARA LA EJECUCION, OCUPACION DEL SUELO Y USO DE LAS CONSTRUCCIONES EN LOS PARQUES Y RESERVAS NACIONALES LANIN Y NAHUEL HUAPI', obrantes a fs. 282/323 y 324/334, respectivamente, los que pasan a formar parte de la presente Resolución, teniendo plena vigencia a partir de la firma de la presente. 2º.- Déjanse sin efecto los Títulos I, II y IV y los Capítulos II y III del Título III del Reglamento de Uso y Manejo del Espacio en los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales (Res. Nº 888/82);

) -- Firmado: Ing. Agr.

HECTOR MARIO ESPINA, Presidente del Directorio. -- Dn. JUAN CARLOS GARITANO, Vicepresidente del Directorio. -- Da. MARIA CRISTINA ARMATTA y DRA. PATRICIA ALEJANDRA GANDINI,

Vocales del Directorio.

  1. 21/01/2008 Nº 569.552 v. 21/01/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION Resolución Nº 32.709/2008

    Bs. As., 16/1/2008

    VISTO el Expediente Nº 22745 del registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, la Ley 22.400 y las Resoluciones Nº 24.828 del 30 de septiembre de 1996 y Nº 25.475 del 27 de noviembre de 1997, y CONSIDERANDO:

    Que tanto las normas relativas a los requisitos para los aspirantes al ingreso a la matrícula de productor asesor de seguros, como las que determinan los requisitos para la capacitación permanente de los profesionales ya inscriptos, establecen la actualización de sus contenidos como función y facultad de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.

    Que se estima necesario atender a la actualización de los contenidos, mediante la incorporación de temas que permitan incrementar la información y capacitación, teniendo en cuenta la experiencia acumulada en los años de desarrollo de los programas.

    Que atento ello corresponde, en virtud de su permanente actualización requerida, implementar el cumplimiento de un curso relativo a la Ley 20.091 y su normativa reglamentaria.

    Que razones de orden práctico ligados a la instrumentación de nuevos contenidos y a la oportunidad en que deben cumplirse los requisitos, hacen conveniente su incorporación a la normativa vigente con una ubicación temática transitoria, sujeta a una posterior reestructuración formal.

    Que también resulta necesario establecer requisitos mínimos de cursado, a fin de...

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