Resolución 241/2019

Fecha de publicación10 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
undefinedCiudad de Buenos Aires, 03/04/2019

Visto el expediente EX-2018-63510008-APN-DGD#MHA, la Ley de Ministerios (t.o. decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987) y el decreto 239 del 29 de marzo de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del decreto 787 del 22 de abril de 1993 se aprobó la adjudicación de la concesión de los servicios de provisión de agua potable y desagües cloacales prestados por la empresa Obras Sanitarias de la Nación a favor del consorcio Aguas Argentinas SA, entonces integrado por Sociedad General de Aguas de Barcelona SA, Anglian Water PLC SA, Compagnie Generale Des Eaux SA, Sociedad Comercial del Plata SA, Banco de Galicia y Buenos Aires SA y Meller SA, siendo el operador la sociedad francesa Lyonnaise des Eaux Dumez SA.

Que el 28 de abril de 1993, el Estado Nacional y Aguas Argentinas SA celebraron el correspondiente contrato de concesión por 30 años.

Que el 17 de abril de 2003 Aguas Argentinas SA, Suez SA, Sociedad General de Aguas de Barcelona SA, Vivendi Universal SA, y AWG Group Ltd. presentaron una Solicitud de Arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

Que ello dio origen a los arbitrajes “Suez, Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A., y Vivendi Universal S.A. (Demandantes) v. la República Argentina (Demandada)” (Caso CIADI Nº ARB/03/19) y “AWG Group Limited (Demandante) v. la República Argentina (Demandada)”.

Que posteriormente Aguas Argentinas SA desistió de su reclamo ante el CIADI, continuando el arbitraje con los demás demandantes.

Que por medio del decreto 303 del 21 de marzo de 2006, el Poder Ejecutivo Nacional rescindió el contrato de concesión celebrado entre Aguas Argentinas SA y el Estado Nacional, por culpa del concesionario.

Que Aguas Argentinas SA demandó al Estado Nacional ante el fuero contencioso administrativo federal con el objeto de que (a) se declarase la nulidad del decreto 303 del 21 de marzo de 2006, (b) se dispusiese la rescisión de ese contrato de concesión por culpa del Estado Nacional, y (c) se condenase a éste último a pagar los daños y perjuicios correspondientes.

Que esta demanda dio origen a la causa “Aguas Argentinas S.A. c/ Estado Nacional – Subsecretaría de Recursos Hídricos s/ Contrato Administrativo” (expte. Nº 2645/2006, JNCAF Nº 8).

Que, en el marco de los arbitrajes mencionados anteriormente, el 30 de julio de 2010 se dictó la Decisión sobre Responsabilidad por medio de la cual se concluyó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR