Resolución 240/2019

Fecha de publicación18 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO


Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2019

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-80685294-APN-ATR#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto obra el tratamiento dado al incremento de las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA y CULTIVO DE ZANAHORIA, en el ámbito de la Provincia de SANTA FE.

Que, analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones mínimas para la actividad, debe procederse a su determinación.

Que, finalmente, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA Y CULTIVO DE ZANAHORIAS, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2019, hasta el 31 de enero de 2020, en el ámbito de la Provincia de SANTA FE, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Las remuneraciones mínimas establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1º, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Se establece como obligatoria la provisión anual de UN (1) equipo de trabajo, al inicio de la actividad.

ARTÍCULO 4°.- Los integrantes de la Comisión Nacional de...

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