Resolución 24.
Fecha de disposición | 17 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 17 Marzo 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 24/2016
Bs. As., 16/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0044074/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, la Ley N° 26.020, el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 y sus modificaciones, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se creó el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA con el objetivo de priorizar y jerarquizar la planificación, el desarrollo y la implementación de las políticas energéticas y mineras.
Que a través del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, este Ministerio absorbió las funciones de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA y de la ex SECRETARÍA DE MINERÍA, ambas del ex MINISTERIO DE PLANFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y de sus organismos descentralizados y desconcentrados.
Que mediante el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y se transfirió la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA con sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados, de la órbita del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a la órbita de este MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que es necesario delegar a la SECRETARIA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS de este MINISTERIO determinadas funciones que ejercía la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de continuar el desarrollo normal de la actividad y lograr celeridad y eficacia en el desenvolvimiento de la misma, sin perjuicio de las facultades que corresponden a este Ministerio.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 2° del Reglamento de Procedimiento Administrativo aprobado por el Decreto N° 1.759/72 (t.o. 1991).
Por ello,
EL MINISTRO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Delégase en la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA el ejercicio de las siguientes funciones:
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Resolver los Recursos de Alzada que se interpongan contra las resoluciones del ENTE NACIONAL...
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