Resolución 24/2021

Fecha de publicación12 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO UNIDAD GABINETE DE ASESORES


Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-51801937-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 2.172 de fecha 8 de noviembre de 2012, 1 de fecha 4 de enero de 2016, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1.080 de fecha 19 de junio de 2020 y su modificatoria, las Resoluciones Nros. 445 de fecha 25 de julio de 2011 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y 1 de fecha 9 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 445 de fecha 25 de julio de 2011 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se creó la Base de Instrumentos para el Desarrollo Productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, con el propósito de generar una fuente de información del conjunto de políticas públicas destinadas a la promoción del sector productivo.

Que mediante el Decreto Nº 2.172 de fecha 8 de noviembre de 2012 se creó el REGISTRO DE SUBSIDIOS E INCENTIVOS, conformado por el padrón de beneficiarios de subsidios previstos en programas y planes de promoción productiva implementados en el Sector Público Nacional, en los términos del Artículo 8° de la Ley Nº 24.156, con excepción de los programas sociales implementados en el área del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que, asimismo, dicho decreto establece que los organismos y entidades pertenecientes al Sector Público Nacional, con la excepción prevista en el considerando inmediato anterior, deben asentar en el REGISTRO DE SUBSIDIOS E INCENTIVOS toda autorización, otorgamiento, desembolso, transferencia y ejecución de subsidios e incentivos.

Que, a su vez, el Artículo 5° del citado decreto dispuso que la implementación, operación y gestión del REGISTRO DE SUBSIDIOS E INCENTIVOS sea competencia de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en su carácter de Autoridad de Aplicación, y que a tal fin, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS desarrollaría el sistema informático de acuerdo a los requerimientos y necesidades de la Autoridad de Aplicación.

Que el Artículo 8° del referido decreto establece que las autoridades de los diferentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR