Resolución 239.

Fecha de disposición18 Abril 2017
Fecha de publicación18 Abril 2017
SecciónResoluciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 239/2017

Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2017

VISTO el Expediente N° ANC:0012008/2017 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que la autoridad aeronáutica peruana comunicó por la vía diplomática correspondiente la solicitud formulada por su Empresa de bandera LAN PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA para explotar servicios regulares internacionales subregionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo hacia nuestro país, en los términos del Acuerdo sobre Servicios Aéreos Subregionales suscripto en FORTALEZA - REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL - el 17 de diciembre de 1996 y aprobado por Ley N° 25.806, en la ruta: Desde LIMA (REPÚBLICA DEL PERÚ) y/o CUSCO (REPÚBLICA DEL PERÚ), a IGUAZÚ (REPÚBLICA ARGENTINA) y/o ROSARIO (REPÚBLICA ARGENTINA) y/o MENDOZA (REPÚBLICA ARGENTINA) y/o SALTA (REPÚBLICA ARGENTINA) y/o CÓRDOBA (REPÚBLICA ARGENTINA), mediante el ejercicio de hasta CATORCE (14) frecuencias semanales y con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad.

Que la citada Empresa ha solicitado autorizaciones para explotar tal tipo de prestaciones en las rutas LIMA (REPÚBLICA DEL PERÚ) - MENDOZA (REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa y LIMA (REPÚBLICA DEL PERÚ) - TUCUMÁN (REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, mediante el ejercicio de SIETE (7) frecuencias semanales en cada una y con derechos de tráfico de tercera y...

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