Resolución 2386 - E.

Fecha de disposición13 Diciembre 2016
Fecha de publicación13 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 2386 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2016

VISTO el Expediente Nº EX-2016-03769661-APN-SECPU#ME del registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, las Leyes N° 20.843 de Padrinazgo Presidencial, N° 23.490 de Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur, N° 26.206 de Educación Nacional, los Decretos N° 99 de fecha 13 de febrero de 2009, N° 964 de fecha 12 de marzo de 1976, N° 1416 de fecha 6 de octubre de 2009, las Resoluciones Ministeriales N° 197 de fecha 5 de febrero de 1993, N° 464 de fecha 27 de junio de 1996, N° 380 de fecha 23 de abril de 2004, N° 511 de fecha 21 de mayo de 2004, N° 549 de fecha 3 de junio de 2004, N° 605 de fecha 11 de junio de 2004, N° 1265 de fecha 12 de octubre de 2004, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE EDUCACIÓN N° 546 de fecha 3 de julio de 2009, la Resolución de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS N° 299 de fecha 15 de marzo de 2011, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley de Padrinazgo Presidencial N° 20.843 el ESTADO NACIONAL asegura a toda persona que haya sido apadrinada por el titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL, la realización gratuita de estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial en establecimientos educativos oficiales, línea de becas que funciona en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS.

Que por el Decreto N° 964/76 se reglamentó el otorgamiento de Becas Padrinazgo Presidencial.

Que por el Decreto N° 1416/09 se modifican los requisitos y alcances del régimen de Padrinazgo/Madrinazgo Presidencial.

Que por la Ley Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur N° 23.490 se instituyó la beca Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur, cuyos destinatarios son los hijos de civiles y militares muertos en acción o como consecuencia de heridas, accidentes o enfermedades derivadas del conflicto Malvinas, así como también los hijos de aquellos ciudadanos argentinos que sufrieron incapacidades permanentes del sesenta y seis por ciento (66%) o más como consecuencia de heridas, accidentes o enfermedades psicofísicas derivadas del conflicto Malvinas dictaminadas por la junta de reconocimientos médicos de cada fuerza en la que prestaron servicios, línea de becas que funciona en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS.

Que por Resolución Ministerial N° 197/93 se implementó el PROGRAMA DE BECAS PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE ALTO NIVEL EN EL EXTERIOR...

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