Resolución 107/2010

Fecha de la disposición 7 de Enero de 2011

Viernes 7 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.065 27

POR KG DE JOJOBA LIMPIA COSECHADA ---------------------------------------------- $' 2,50.(PESOS DOS CON CINCUENTA CENTAVOS) Art. 2'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Miguel A. Giraudo. — Abel F. Guerrieri.

— Jorge Herrera. — Ramón Ayala.

% 27 % % 27 % Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 107/2010

FÃjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha de jojoba.

Bs. As., 22/12/2010

VISTO, el expediente N'º' 75.318/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta N'º' 1 de fecha 17 de noviembre de 2010, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N'º' 13, eleva una propuesta de incremento de las remuneraciones mÃnimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA DE JOJOBA, para las Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA.

Que analizados las actuaciones elevadas, los antecedentes normativos y atento al tiempo trascurrido desde la última actualización de las remuneraciones mÃnimas de la actividad, las representaciones sectoriales han coincidido en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la misma, razón por la cual debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artÃculo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario N'º' 563 del 24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — FÃjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de COSECHA DE JOJOBA, las que tendrán vigencia a partir del 1'º de noviembre de 2010, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N'º' 13 para las Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA, que a continuación se detalla:

% 27 % Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 108/2010

FÃjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha de aceitunas.

Bs. As., 22/12/2010

VISTO, el expediente 76.656/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta N'º' 1 de fecha 9 de diciembre de 2010, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N'º 13 eleva un acuerdo sobre remuneraciones mÃnimas para el personal que se desempeña en las tareas de COSECHA DE ACEITUNAS en las provincias de CATAMARCA y LA RIOJA.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a los valores y a la...

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