Resolución 934/2010

Fecha de la disposición 6 de Enero de 2011

Jueves 6 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.064 21 % 21 % Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria PRODUCTOS AGROPECUARIOS Resolución 934/2010

Establécense los requisitos que deben cumplir los productos y subproductos agropecuarios para consumo interno.

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0068703/2007 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 20 del 14 de julio de 1995 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, 77 del 23 de febrero de 1996 y 142 del 29 de marzo de 1996, ambas del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 393 del 17 de junio de 1997, 424 del 11 de agosto de 2000, ambas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, 256 del 23 de junio de 2003 y 512 del 3 de agosto de 2004, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, 507 del 25 de noviembre de 2008 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y CONSIDERANDO:

Que la Resolución N'º' 20 del 14 de julio de 1995 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, modificada por las Resoluciones Nros. 77 del 23 de febrero de 1996 y 142 de 29 de marzo de 1996, ambas del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 393 del 17 de junio de 1997 y 424 del 11 de agosto de 2000, ambas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, modifica los lÃmites máximos de residuos de plaguicidas para productos y subproductos agropecuarios establecidos en la Ley N'º' 18.073 y establece lÃmites máximos de residuos de plaguicidas no incluidos en la mencionada Ley.

Que la Resolución N'º' 256 del 23 de junio de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA modificó las tolerancias o lÃmites máximos de residuos de plaguicidas en productos y subproductos agropecuarios establecidos en la Ley N'º' 18.073, estableció tolerancias o lÃmites máximos de residuos de plaguicidas en productos y subproductos no incluidos en la citada Ley, estableció un listado de productos fitosanitarios quÃmicos y biológicos, y de aptitudes de los mismos que por su naturaleza o caracterÃstica se hallan exentos del requisito de fijación de tolerancias, e incluyó un listado de principios activos prohibidos y restringidos en la legislación vigente.

Que la Resolución N'º' 512 del 3 de agosto de 2004 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece que los productos y subproductos agrÃcolas nacionales no cultivados tradicionalmente, para los cuales no exista una tolerancia nacional expresa del principio activo, podrán comercializarse sólo si el Codex Alimentarius contempla una tolerancia para el residuo de que se trate, y la evaluación de riesgo al consumidor no indique riesgos considerados inaceptables.

Que la Resolución N'º' 507 del 25 de noviembre de 2008 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS sustituyó los Anexos I y III de la citada Resolución SENASA N'º' 256/2003, actualizando las tolerancias o lÃmites máximos de residuos de plaguicidas en productos y subproductos agrÃcolas.

Que desde el dictado de la Resolución citada en el considerando precedente han sido aprobados nuevos principios activos y nuevos usos de los mismos, por lo que resulta necesario incorporarlos al listado de productos y de lÃmites máximos de residuos.

Que en el marco del Programa de Reordenamiento Normativo aprobado por la Resolución N'º' 466 del 9 de junio de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, resulta necesario facilitar el acceso a la información por parte de los usuarios, formulando un nuevo texto consolidado comprensivo de toda la reglamentación que rige en la materia.

Que la Dirección Nacional de AgroquÃmicos, Productos Veterinarios y Alimentos y la Dirección de Asuntos JurÃdicos han tomado la intervención que les compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de acuerdo a las facultades conferidas por los ArtÃculos 4'º y 8'º, inciso f) del Decreto N'º' 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N'º' 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â Productos para consumo...

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