Resolución 4156/2010

Fecha de la disposición 4 de Enero de 2011

Martes 4 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.062 20 forme (C.B.U.) N'º' 285075094000000107210-9, de la Localidad de GODOY, Provincia de SANTA FE, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) de su producción del ciclo cosecha 2009/2010 y asciende a la suma total de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($' 20.289,50), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase a deducir del monto establecido en el ArtÃculo 1'º de la presente resolución, la suma total PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($' 266,71), para cancelar la deuda tributaria y a la seguridad social que el beneficiario registra con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3

'º — A esos efectos, el productor deberá generar el Volante Electrónico de Pago (V.E.P.) previsto por el ArtÃculo 11 de la Resolución N'º' 1213 de de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y presentarlo ante esta Oficina Nacional dentro de los QUINCE (15) dÃas posteriores a la publicación de la presente medida.

Art. 4

'º — Cumplido que fuera lo indicado precedentemente, autorÃzase el pago del remanente de la compensación aprobada por el ArtÃculo 1'º de la presente al beneficiario allà detallado, por la suma de PESOS VEINTE MIL VEINTIDOS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($' 20.022,79).

Art. 5

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA,

Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

% 20 % % 20 % Instituto Nacional de Asociativismo y EconomÃa Social COOPERATIVAS Y MUTUALES Resolución 4156/2010

Apruébanse las pautas para el otorgamiento de préstamos y subsidios.

Bs. As., 29/12/2010

VISTO, el Expediente N'º' 4363/08 del Registro del Instituto Nacional de Asociativismo y EconomÃa Social, y CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto tramita un proyecto elevado por la SecretarÃa de Desarrollo y Promoción que establece nuevas pautas para la aprobación de solicitudes de apoyos financieros.

Que es responsabilidad de la citada SecretarÃa la planificación de los programas relacionados con el desarrollo y fomento cooperativo y mutual, de acuerdo a las polÃticas, objetivos y acciones definidas por el Directorio del Instituto.

Que la experiencia acumulada en la materia hace aconsejable actualizar los mecanismos de solicitud de apoyo financiero que faciliten la función de la economÃa social como elemento diferenciador en la consolidación del nuevo modelo de promoción e inclusión.

Que es prioridad del Estado Nacional promover la generación de puestos de trabajo sostenibles en el tiempo.

Que a tal efecto es recomendable la implementación de proyectos cooperativos o mutuales que generen puestos de trabajo y/o que faciliten emprendimientos de sus asociados a través de la comercialización de sus productos, el agregado de valor o la provisión de servicios necesarios para su desarrollo.

Que asimismo es aconsejable propender a la realización de proyectos de desarrollo cooperativo y mutual vinculados a la implementación de servicios de educación, salud y servicios públicos, en especial cuando están dirigidos a sectores de población en condiciones de vulnerabilidad social.

Que los proyectos de desarrollo cooperativo y mutual a financiar deben contribuir a los procesos de integración social y desarrollo local.

Que es responsabilidad primaria de este Instituto promover actividades de educación cooperativa y mutual, en particular en el marco del artÃculo 90 de la Ley 26.206, de Educación Nacional.

Que el servicio jurÃdico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébanse las pautas para el otorgamiento de préstamos y subsidios, que como Anexo forma parte de la presente.

Art. 2

'º — La presente resolución no es de aplicación en aquellos trámites comprendidos en los convenios celebrados por este Organismo en el marco de lo establecido en la Resolución N'º' 1106/08.

Art. 3

'º — En los casos que las entidades beneficiarias de subsidios o préstamos se hayan constituido en el marco de la Resolución N'º' 2038/03 o de la Resolución N'º' 3026/06 podrá aprobarse la ayuda financiera y transferirse el monto aun si ellas adeudan parte de la documentación requerida por Ley 20.337 y normas conexas, en la medida que el proyecto que se financia incluya actividades destinadas a la regularización de la entidad, y que éste sea monitoreado por la SecretarÃa de Desarrollo y Promoción.

Art. 4

'º — En los expedientes que se encuentren en trámite, la SecretarÃa de Desarrollo y Promoción podrá requerir la adecuación a esta resolución en los casos que a su criterio, los elementos obrantes en los mismos no resulten suficientes para que se expida sobre su procedencia o viabilidad.

Art. 5

'º — El órgano Directorio podrá variar el alcance de las pautas establecidas en los artÃculos precedentes con relación a solicitudes individualmente consideradas mediante resolución fundada en cada caso.

Art. 6

'º — Derógase la Resolución N'º' 1667/06.

Art. 7

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese — Patricio J. Griffin. — Victor R. Rossetti. — José H. Orbaiceta. — Ricardo D. Velasco. — Ernesto E. Arroyo. — Roberto E. Bermudez. — Daniel O. Spagna.

ANEXO PAUTAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL El Directorio del INAES —integrado por representantes del movimiento cooperativista, del movimiento mutualista y del Estado Nacional— ha definido un conjunto de doce tipos de proyectos de desarrollo cooperativo y mutual que son de especial interés para la asignación de los recursos financieros con que cuenta el organismo.

Se realiza una amplia convocatoria a todas las organizaciones de la economÃa social para la presentación de proyectos, entre los cuales se elegirán aquellos de mayor impacto social y que mejor respondan a los criterios de priorización establecidos en cada caso, muy particularmente en términos de generación de puestos de trabajo, integración social y desarrollo local.

Los distintos tipos de proyectos se describen en los puntos 1 a 13, incluyendo en todos los casos montos máximos, tipo de ayuda financiera, criterios de priorización y aplicaciones de fondos autorizadas.

  1. Proyectos de Consolidación de Cooperativas Emergentes de Planes Sociales.

    1.1 Antecedentes En el marco de la Resolución 2038/03/INAES y Resolución 3026/06/INAES se constituyeron, desde el año 2003, cooperativas de trabajo promovidas por planes sociales del Gobierno Nacional, o gobiernos provinciales o municipales, orientadas a la satisfacción de necesidades básicas de la población y a la generación de puestos de trabajo para desocupados.

    Se entiende de alta prioridad favorecer procesos que permitan que la cooperativa gane autonomÃa respecto a los programas sociales que los originaron. Para ello es necesario posibilitar a estas cooperativas el acceso a financiamiento para proyectos dirigidos a la producción de bienes o servicios en el mercado, en la medida en que se evalúe favorablemente su sustentabilidad.

    1.2 Objetivo y Monto máximo Podrá subsidiarse hasta un monto de $' 200.000 el desarrollo de iniciativas de reconversión productiva de cooperativas emergentes.

    Se entiende por reconversión productiva el proceso por el cual la cooperativa adquiere autonomÃa de los programas sociales a partir de la producción y venta de bienes o servicios en el mercado.

    El monto solicitado no podrá superar los $' 10.000 por socio de la cooperativa.

    El proyecto debe estar ejecutado o acompañado por la federación correspondiente, o al menos por algún grado de organización intercooperativa que haya surgido de los Encuentros Regionales de Cooperativas de Trabajo promovidos desde el INAES.

    1.3 Criterios de priorización Se priorizará el tratamiento y aprobación de los proyectos que:

    • Sean llevados adelante o estén acompañados por la federación de las cooperativas destinatarias del programa.

    • Demuestren adecuados antecedentes de los capacitadores, asistentes, instituciones, cooperativas o mutuales consolidadas a cargo de los aspectos técnicos del programa, en particular si implican el aprovechamiento de recursos humanos e institucionales de la localidad.

    • Proyecten mayor impacto en términos de consolidación de los puestos de trabajo, y de consolidación de los procesos de integración.

    • Impliquen menor costo por asociado.

    1.4 Aplicaciones de fondo autorizadas Los fondos asignados por el INAES al proyecto sólo podrán ser aplicados en los siguientes Ãtems:

    • Gastos en la contratación de recursos humanos en la fase de inversión del proyecto.

    • Compra de equipamiento de cualquier tipo, nuevo o usado.

    • Reparación o puesta a punto de equipamiento.

    • Compra de herramientas nuevas de cualquier tipo.

    • Compra de insumos a utilizar durante la fase de inversión del proyecto.

    • Mejoras en inmuebles, construcción de instalaciones o compra de inmuebles cuando sean condición indispensable para la implementación del proyecto.

  2. Proyectos de Regularización Patrimonial de Empresas Recuperadas 2.1 Antecedentes Las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR