Resolución 2361/2019

Fecha de publicación30 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2019

VISTO, el Expediente EX-2019-92708519-APN-DNCYFCYM#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a cooperativas y mutuales, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos Nros. 420/96 y 721/00.

Que entre los diversos servicios que prestan las citadas entidades se encuentran los de crédito cooperativo y de ayuda económica mutual, contemplados en la legislación antes mencionada y regulados por este INSTITUTO, a través de las Resoluciones Nros. 7207/12,-TO 2013- y 1418/03, -TO 2019-, sus modificatorias y complementarias, respectivamente; las que prevén modalidades de prestación de los servicios y su régimen informativo.

Que la Ley N.º 25.246 y sus modificatorias establece en el inciso 20 del artículo 20, entre los sujetos obligados a informar a la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, a las cooperativas y mutuales, las que deben cumplir con las disposiciones de los artículos 14, 20 bis, 21 y 21 bis de la citada ley, de conformidad con la reglamentación que dicta esa UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

Que en ese sentido se dictó la Resolución N.° 11/12, dirigida a cooperativas y mutuales, la que prescribe que se entiende por sujetos obligados, entre otros, a las cooperativas que brindan el servicio de crédito y a las mutuales que prestan el de ayuda económica.

Que en tanto sujetos obligados, deben presentar, además, al INSTITUTO la información contenida en sus registros de asociados en los términos contemplados en la Resolución N.° 5586/12, sus modificatorias y complementarias.

Que en el Título XIV de la Ley N.º 27.440 de Financiamiento Productivo, se estableció que el PODER EJECUTIVO NACIONAL debe, a través del entonces Ministerio de Finanzas o de quien designe en su lugar, elaborar una Estrategia Nacional de Inclusión Financiera en pos de fomentar una inclusión financiera integral que mejore las condiciones de vida de la población y promover que todos los argentinos sean partícipes de sus beneficios.

Que en su artículo 210 se instituyó el Consejo de Coordinación de la Inclusión Financiera, creado por la Resolución 121- E del 27 de julio de 2017 del ex Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-121-APN-MF).

Que mediante el Decreto N.° 575 del 21 de junio de 2018 se dispuso que el MINISTERIO DE HACIENDA es continuador, a todos sus efectos, del ex Ministerio de Finanzas.

Que el Consejo de Coordinación de la...

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