Resolución 235/2022

Fecha de publicación03 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO


Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2022

VISTO el EX-2022-72865797- -APN-SG#ACUMAR, la Ley N° 26.168 y sus modificatorias, la Ley N° 2.217 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Ley N° 13.642 de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la Resolución N° 71/2020 (RESOL-2020-71-APN-ACUMAR#MOP) texto ordenado por Resolución Nº 155/2022 (RESOL- 2022-155-APN-ACUMAR#MOP), la Resolución N° 152/2022 (RESOL-2022-152-APN-ACUMAR#MOP) de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo a la que adhirieron la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, mediante las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente.

Que si bien fue creada dentro de la órbita del ESTADO NACIONAL, la ACUMAR es un ente creado entre personas públicas estatales, que cuenta con facultades delegadas por las tres jurisdicciones que la componen.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que mediante la Resolución RESOL-2022-152-APN-ACUMAR#MOP de fecha 26 de julio de 2022 (B.O. 27 de julio de 2022), se aprobó el Régimen de redeterminación que tiene por objeto preservar el equilibrio económico financiero de los contratos de servicios celebrados por la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), mediante la aplicación del mecanismo de redeterminación de precios.

Que en relación a los distintos procesos de contratación, y considerando la incidencia de las variaciones de los índices de precios de referencia publicados en los Informes mensuales por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), resulta necesario modificar el mecanismo que permite preservar el equilibrio económico financiero de las operaciones celebradas, ante las posibles variaciones que pudiesen presentarse y pudieran afectar la equivalencia de las prestaciones contratadas.

Que como antecedente de la presente se puede mencionar el Decreto N° 691/2016 de la Administración Pública Nacional, Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de obra Pública, en el cual los nuevos precios se aplican al inicio del mes en que se produce la variación de referencia promedio.

Que mediante IF-2022-108859492-APN-DGA#ACUMAR de fecha 13 de octubre de 2022, la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA DE LA AUTORIDAD DE CUENCA...

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