Resolución 862/2010

Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2010

Martes 28 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.057 23

General N'° 2824 de fecha 30 de abril de 2010 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, presentada por el productor antes mencionado, éste registra deuda lÃquida y exigible con la Administración Federal por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SEIS CENTAVOS ($ 2.559,06), habiendo prestado expresa conformidad para que la misma sea deducida del monto a percibir por la compensación.

Que, a fojas 1/4, el Area de Compensaciones Pequeños y Medianos Productores de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO evaluó la solicitud presentada por dicho productor y procedió a efectuar la liquidación del beneficio requerido de acuerdo a la normativa vigente, concluyendo que corresponde otorgar compensación por la suma total de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 20.852,37), debiendo deducirse de la misma la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SEIS CENTAVOS ($ 2.559,06) en concepto de deuda tributaria y de la seguridad social.

Que la Coordinación de Compensaciones de la citada Oficina Nacional intervino favorablemente.

Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensación solicitada, autorizándose a deducir del monto de la misma la suma antes detallada y efectuar el pago del remanente de ésta al referido productor.

Que la Dirección de Asuntos JurÃdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'° 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por el ArtÃculo 5'° de la Resolución Conjunta N'° 57 y N'° 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'° — Apruébase la compensación solicitada por el productor de trigo BELLINA JUAN MATIAS, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'° 23-07990329-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'° 011030362003033135315-1, de la Localidad de JESUS MARIA, Provincia de CORDOBA, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) de su producción del ciclo cosecha 2009/2010 y asciende a la suma total de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 20.852,37), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'° — AutorÃzase a deducir del monto establecido en el ArtÃculo 1'° de la presente resolución, la suma total PESOS DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SEIS CENTAVOS ($ 2.559,06), para cancelar la deuda tributaria y a la seguridad social que el beneficiario registra con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

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