Resolución 5962/2010

Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2010

Martes 28 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.057 17 % 17 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION AVICOLA Resolución 5961/2010

AutorÃzase el pago de compensaciones.

Bs. As., 20/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0387938/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N'º' 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maÃz, girasol y soja.

Que por la Resolución N'º' 40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado Ministerio se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación atendiendo a las particularidades de las distintas cadenas productivas involucradas.

Que por la Resolución N'º' 746 de fecha 29 de enero de 2007, su complementaria N'º' 189 de fecha 7 de enero de 2008 y sus modificatorias Nros. 338 de fecha 22 de enero de 2009, 4723 de fecha 1 de junio de 2009, 1618 de fecha 9 de junio de 2010 y 3757 de fecha 23 de septiembre de 2010, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se incorporó al mecanismo implementado por la Resolución N'º' 9/07 y su complementaria N'º' 40/07 antes citadas, a los establecimientos faenadores y a los usuarios de faena avÃcola que adquieran granos de maÃz y/o soja destinados exclusivamente a la alimentación de pollos eviscerados embolsados para su posterior comercialización en el mercado interno.

Que por la mencionada Resolución N'º' 746/07 y sus modificatorias, se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las compensaciones correspondientes.

Que, en ese contexto, la firma UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA COOP. LTDA., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 30-50191240-5, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 011065092006500014705-0, de la Localidad de GRAL. OBLIGADO, Provincia de SANTA FE, solicita compensación por las ventas de pollos eviscerados embolsados realizadas durante el mes de julio de 2010.

Que el Area de Compensaciones AvÃcolas de la citada Oficina Nacional...

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