Resolución 234.

Fecha de disposición24 Mayo 2016
Fecha de publicación24 Mayo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 234/2016

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.664.558/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical y las empresas VIEGA S.A.I.C.F.I.A., SAFICO SOCIEDAD ANÓNIMA, UNIÓN AGRÍCOLA DE AVELLANEDA COOPERATIVA LIMITADA, ALGODONERA AVELLANEDA SOCIEDAD ANÓNIMA y ANIBAL MOSCHEN HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 48/49 del Expediente N° 1.664.558/15 y ha sido ratificado a fojas 50/51 de las mismas actuaciones por la entidad sindical y por las empresas citadas en segundo y tercer término.

Que mediante el acuerdo señalado se renuevan las escalas salariales del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) N° 387/04 y 388/04 en los términos y conforme los alcances que surgen del mismo.

Que en definitiva el ámbito de aplicación del presente se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija la vigencia del acuerdo de conformidad con lo establecido al respecto por sus celebrantes.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que respecto a la ratificación por parte de las empresas VIEGA S.A.I.C.F.I.A. y ANIBAL MOSCHEN HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA encontrándose debidamente intimadas para ello deberá hacerse efectivo el apercibimiento previsto y en consecuencia estarse a lo prescripto en el artículo 5° de la Ley N° 23.546 (t.o. 2005).

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA...

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