Resolución 233/2015

Fecha de disposición18 Mayo 2015
Fecha de publicación22 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33135



MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 233/2015Bs. As., 18/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0235665/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), para su Central Hidroeléctrica LA LUJANITA, de UNO COMA SIETE MEGAVATIOS (1,7 MW) de potencia nominal instalada, con localización en Cipolletti 737, Departamento LUJÁN DE CUYO, Provincia de MENDOZA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) a través de instalaciones en TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 KV) pertenecientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEMSA).

Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha remitido la Nota B-85543-1 de fecha 10 de diciembre de 2013 donde informa que ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) ha cumplimentado los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de LOS PROCEDIMIENTOS para su ingreso y administración en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que la SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de MENDOZA, mediante Resolución N° 325/2010, declara el cumplimiento del Procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental de las obras.

Que la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) con respecto a su Central Hidroeléctrica LA LUJANITA dio satisfacción a las exigencias normativas establecidas.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de AGENTE GENERADOR de la Central Hidroeléctrica LA LUJANITA, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 32.801 de fecha 8 de enero de 2014 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que en tanto la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) no posee al corriente un Contrato de Concesión otorgado por el ESTADO NACIONAL para la Central Hidroeléctrica LA LUJANITA a efectos de cumplir con el Artículo 14 de la Ley N° 15.336 que establece la necesidad de contar con dicho contrato, para posibilitar su celebración se considera necesario limitar la vigencia del carácter de AGENTE GENERADOR a la suscripción del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL, antes del 31 de diciembre de 2016.

Que la...

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