Resolución 3843/2010

Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2010

Miércoles 15 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.048 24

Que en tal marco el productor de trigo que comercializa sus granos en el mercado interno DESCALZO JUAN JOSE, CUIT N'º' 20-08188778-1, C.B.U. N'º' 0140373003671501422124, de la localidad de Salliqueló en la Provincia de Buenos Aires, presentó su solicitud de compensación la cual obra a fojas 10/22.

Que el mencionado productor no tiene observaciones ni registra deuda lÃquida y exigible con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, conforme surge de las constancias “Detalle de Incumplimiento” (Resolución General A.F.I.P. N'º' 2428 de fecha 30 de abril de 2010) presentadas por el mismo (ArtÃculos 11 y 12 de la citada Resolución Conjunta N'º' 57/10 y N'º' 106/10).

Que la Coordinación de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, informa a fojas 33/34 se verificaron los datos aportados por los solicitantes, se procedió a cruzar esa información con la aportada, que se han presentado dentro del plazo establecido y que se ha cumplido con la totalidad de la documentación requerida a los fines de acceder al beneficio de la compensación, por lo que se procedió a efectuar la liquidación de conformidad con lo establecido en la referida Resolución Conjunta N'º' 57/10 y N'º' 106/10 y su reglamentaria, la citada Resolución N'º' 1213/10, sugiriendo que se otorgue el mencionado beneficio al productor detallado precedentemente y que se incluye en el Anexo que forma parte de la presente medida, la que asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($' 7857,93).

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino en el marco de su competencia.

Que la Dirección de General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y la Resolución Conjunta N'º' 57 y N'º' 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la compensación solicitada por el pequeño productor de trigo cuyo nombre o razón social, número de Clave Unica de Identificación Tributaria y Clave Bancaria Uniforme se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) del total de la cosecha anual de trigo para el ciclo 2009/2010, y asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($' 7857,93) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($' 7857,93) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

% 24 % % 24 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario...

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