Resolución 2326.
Fecha de disposición | 16 Mayo 2016 |
Fecha de publicación | 16 Mayo 2016 |
Materia | Derecho de las Nuevas Tecnologías |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 2326/2016
Bs. As., 06/05/2016
VISTO el Expediente N° 3.387/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes N° 1.293/2010, 2.585/2010, 2.597/2010, 2.598/2010, 2.599/2010, 684/2013, 584/2010, 228/2013 del registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes N° 990/2015, 7.719/2015 del registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y los Expedientes N° 2.770/2016, 2.823/2016, 2.826/2016, 2.830/2016, 2.831/2016, 2.893/2016, 2.896/2016, 1.997/2016, 2.764/2016, 2.904/2016, todos del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.
Que mediante Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.
Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado otorgamientos o renovaciones de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).
Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Que los Informes Técnicos vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.
Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones y renovaciones solicitadas...
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