Resolución 2325/2014

Fecha de disposición28 Noviembre 2014
Fecha de publicación14 Enero 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33049



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2325/2014Bs. As., 28/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.617.252/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 y 44, respectivamente, del Expediente N° 1.617.252/14 obran el acuerdo y sus escalas salariales, suscriptos entre la ASOCIACIÓN DE PILOTOS DE LINEAS AÉREAS (A.P.L.A.) y la empresa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas, con vigencia desde el 1 de enero de 2014, conforme los detalles allí impuestos.

Que entre las partes se encuentra vigente el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 861/07 “E”.

Que en relación al carácter asignado a la gratificación prevista en la cláusula quinta y a los conceptos no remunerativos que surgen de las escalas obrantes a fojas 44 del presente, corresponde reiterar a las partes lo oportunamente observado, en relación a la atribución de tal carácter, en el considerando sexto de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1962 de fecha 11 de diciembre de 2013 y en el considerando tercero de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2079 de fecha 20 de diciembre de 2013.

Que consecuentemente y sin perjuicio de la homologación que se dispone, cabe dejar expresamente sentado que los pagos que, en cualquier concepto, sean acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de seguridad social.

Que el ámbito de aplicación del referido acuerdo se corresponde con la actividad de la empleadora signataria y la actividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en los considerandos cuarto y quinto de la presente medida.

Que...

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