Resolución 840/2010

Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2010

Martes 14 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.047 27 sión “DOS POR CIENTO (2%) mensual”, por la de “TRES POR CIENTO (3%) mensual”.

Art. 2

'º — Sustitúyese en el ArtÃculo 2'º de la Resolución N'º' 314 de fecha 3 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, la expresión “TRES POR CIENTO (3%) mensual”, por la de “CUATRO POR CIENTO (4%) mensual”.

Art. 3

'º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del primer dÃa del mes siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial. No obstante respecto de la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de su fecha de entrada en vigencia, se deberán aplicar los regÃmenes vigentes durante cada uno de los perÃodos alcanzados por los mismos.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Amado Boudou.

% 27 % % 27 % Ministerio de EconomÃa y Finanzas Públicas TRANSPORTE AEROCOMERCIAL Resolución 840/2010

Prorrógase lo establecido por el Decreto N'º' 1672/09, relacionado con el estado de disolución y consecuente liquidación a la Empresa LÃneas Aéreas Federales Sociedad Anónima.

Bs. As., 6/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0355250/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros.

1672 de fecha 4 de noviembre de 2009 y 871 de fecha 17 de junio de 2010, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto N'º' 1672 de fecha 4 de noviembre de 2009 dispuso en su ArtÃculo 1'º declarar en estado de disolución y consecuente liquidación a LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA.

Que asimismo el ArtÃculo 3'º de la norma mencionada en el párrafo anterior estableció que el proceso de liquidación de dicha empresa tendrÃa un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) dÃas, contados a partir de su inscripción en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que con fecha 25 de febrero de 2010 se celebró la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que dispuso la disolución y liquidación de esa sociedad, la que se inscribió en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA con fecha 19 de abril de 2010.

Que tras ello el Decreto N'º' 871 de fecha 17 de junio de 2010 estableció que la disolución y consecuente liquidación de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA se desarrollare con ajuste a las disposiciones contenidas en los Decretos Nros.

2148 de fecha 19 de octubre de 1993 y 1836 de fecha 14 de octubre de 1994, a partir de la...

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