Resolución 2322/2014

Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2322/2014Bs. As., 28/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.636.674/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1539 del 5 de septiembre de 2014 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 33 del 28 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 1.636.674/14, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE PRESTADORES DE GERIATRÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 468/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1539/14 y registrado bajo el N° 1286/14, conforme surge de fojas 21/23 y 26, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 33 del 28 de enero de 2014 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de julio de 2014, correspondiente al Acuerdo N° 1219/13, homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1592 del 28 de octubre de 2013.

Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 1286/14 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes a partir del mes de julio de 2014, deviene necesario actualizar el monto del promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope indemnizatorio que surgen del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que cabe destacar que la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 33 del 28 de enero de 2014 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe...

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