Resolución 231/2021

Fecha de publicación07 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT


Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-44915915-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 31 del 18 de junio de 2020, 53 del 8 de julio de 2020, 162 del 11 de noviembre de 2020 y 11 del 14 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 53 del 8 de julio de 2020 y sus modificatorias, del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se creó el Programa Federal Argentina Construye Solidaria designándose como Autoridad de Aplicación a la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Que el mencionado Programa tiene como finalidad la mejora del hábitat a través de la financiación de la compra de materiales para la ejecución de obras menores en las sedes de organizaciones comunitarias, que coadyuven en la mejora en la prestación de sus servicios a la comunidad.

Que a los fines de su implementación el Programa prevé una serie de instancias e interrelaciones entre las provincias y municipios adherentes, según las cuales la preselección de los proyectos y beneficiarios queda a cargo de los municipios, para su posterior remisión a las Provincias, y por último de éstas a la Autoridad de Aplicación.

Que asimismo, el Programa prevé la transferencia de un anticipo y primer desembolso y luego de acreditado el grado de avance de los proyectos, a través de un informe parcial, una segunda transferencia y desembolso, el cual deberá acreditarse mediante un informe final.

Que a su vez, para la acreditación del gasto y rendición de cuenta documentada, el Programa prevé mediante los informes antes mencionados, una secuencia que consta de acreditación del gasto por parte de los beneficiarios a los municipios, para luego una rendición de estos a las provincias, y por último la rendición de estas a la Autoridad de Aplicación.

Que a los efectos de brindar mayor operatividad, celeridad y alcance territorial, que permita un mejor consecución del objeto del Programa, resulta menester incorporar modificaciones a las Bases y Condiciones del Programa estableciendo un mecanismo más eficiente y eficaz, promoviendo una participación activa de los municipios que a la vez garantice el pleno ejercicio de su autonomía municipal.

Que en este sentido, se busca lograr mecanismos que vinculen en forma directa a los municipios con la Autoridad de Aplicación, de modo de abreviar y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR