Resolución Nº 761

Fecha de disposición01 Noviembre 2010
Fecha de publicación23 Noviembre 2010
Número de Gaceta26483

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

Resolución Nº 761.

La Plata, 1° de noviembre de 2010.

VISTO: el expediente Nº 2416-1171/2010 mediante el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de implementación del Programa Provincial de Lotes con Servicios “Construyendo Futuro”, suscripta entre la Subsecretaría Social de Tierras, la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Acuerdo citado, el Programa tiene por objeto facilitar el acceso a familias de bajos recursos a lotes con servicios mediante urbanizaciones planificadas en la Provincia de Buenos Aires;

Que los servicios previstos en el proyecto incluyen la instalación de la infraestructura básica, esto es, agua potable, desagües cloacales y pluviales, energía eléctrica, alumbrado público, apertura de calles, mejoramiento vial y de red peatonal, así como la generación de espacios verdes recreativos;

Que en ese sentido, las partes comparten que su implementación contribuirá a la consolidación de una política pública preventiva de los conflictos generados por la toma de tierras y constitución irregular de asentamientos;

Que la compra de tierras se realizará en el marco y siguiendo los procedimientos previstos en los Decretos Nº 188/07 y/o Nº 778/05, modificado por su similar Nº 3.066/05, los cuales crearon, en la jurisdicción de este Ministerio los programas “Tierras” y “Compra de Terrenos”, respectivamente, con destino a la compra de inmuebles para fines sociales, siendo la Subsecretaría Social de Tierras la autoridad encargada de la aplicación de dichos programas;

Que igualmente, se prevé la utilización de tierras fiscales y/o incorporación de las mismas mediante el aporte de Municipios, entidades intermedias y/o compra por intermedio del Instituto de la Vivienda; conforme sus facultades propias;

Que la asistencia financiera necesaria para la realización de las obras de infraestructura será efectuada por el Instituto de la Vivienda;

Que no obstante el ejercicio de sus facultades propias, el Instituto de la Vivienda tendrá a su cargo el recupero de las sumas invertidas por las partes, el dictado de las normas reglamentarias para la correcta implementación del programa y la suscripción de los convenios particulares;

Que por su parte la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda participará en lo referente a los análisis...

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