Resolución 230 - E.

Fecha de disposición02 Noviembre 2016
Fecha de publicación02 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 230 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2016

VISTO el Expediente N° S05:0036431/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 297 de fecha 26 de agosto de 2010 modificada por su similar Nº 505 del 12 de noviembre de 2010, ambas del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobó el PROGRAMA NACIONAL DE LECHERÍA con la finalidad de llevar adelante una serie de acciones y medidas elaboradas con los objetivos principales de: participación activa del Estado, garantizar la soberanía y seguridad alimentaria nacional, incorporar mayor valor agregado a la producción y promover el cooperativismo y asociativismo mediante la capacitación y la asistencia técnica tanto para el productor como a su personal.

Que es competencia de la SUBSECRETARÍA DE LECHERÍA, dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, coordinar las tareas necesarias para obtener la caracterización permanente de la situación productiva nacional del sector lechero, reconociendo las diferencias regionales del mismo, así como las referidas a la actualización de la información estadística del sector.

Que en la actualidad se encuentra en funcionamiento el Sistema de Pago de la Leche Cruda sobre la base de Atributos de Calidad Composicional e Higiénico - Sanitarios en Sistema de Liquidación Única, Mensual, Obligatoria y Universal creado por la Resolución Conjunta Nº 739 y Nº 495 de fecha 10 de agosto de 2011 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, respectivamente, que genera datos para la elaboración de estadísticas sobre producción primaria y calidad higiénico - sanitaria de la materia prima.

Que resulta necesario mantener un sistema de información de las industrias lácteas existentes en el país mediante la recolección de datos para la elaboración de estadísticas de producción, industrialización, destinos, existencias de leche y sus derivados.

Que dada la dinámica del mercado de productos lácteos es necesario contar con información actualizada para la toma de decisiones de corto plazo tanto del sector público como el privado.

Que a tal fin es necesario contar con un sistema de información con fines meramente estadísticos.

Que se prevé que la presentación de información por parte de las industrias lácteas que se encuentran alcanzadas por los criterios que se definan para la elaboración de las muestras, quede encuadrada bajo la Ley N° 17.622 y sujeta a las obligaciones que allí se definen.

Que como establece el Artículo 10 de la mencionada Ley, las informaciones que se...

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