Resolución 230/2019

Fecha de publicación24 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
VISTO el Expediente N.° 21.617 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N.° 24.076, su Decreto Reglamentario Nº 1738/92, la Resolución ENARGAS N.º I-3630/16; la Resolución ENARGAS N.º I-4529/17, y

CONSIDERANDO:

Que se elevó a este Directorio el Expediente citado en el Visto con el Informe elaborado en conjunto por la Gerencia de Distribución y la Coordinación de Normalización Técnica (cnf. Resolución ENARGAS N.º 258/18) de este Organismo, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Inciso 10) de la Reglamentación de los Artículos 65 a 70 de la Ley N.º 24.076 aprobada por el Decreto N.º 1738/92, en tanto prescribe que la sanción de normas generales será precedida por la publicidad del proyecto o de sus pautas básicas y por la concesión de un plazo a los interesados para presentar observaciones por escrito, respecto del proyecto normativo NAG-314 (2019) “Artefactos de producción de agua caliente por acumulación para usos sanitarios que utilizan combustibles gaseosos (termotanques)”.

Que conforme al Clasificador de Normas Técnicas de Gas del Estado de 1991, se dictó la “Norma de aprobación para calentadores de agua por acumulación a gas de funcionamiento automático”.

Que el 7 de noviembre de 2002, se emitió la Resolución ENARGAS N.º 2747 que puso en vigencia el “Código Argentino de Gas – NAG”, incorporándola al Grupo 3 “Artefactos” y denominándola NAG-314 Año 1995 “Norma de aprobación para calentadores de agua por acumulación a gas de funcionamiento automático”.

Que posteriormente, ante la necesidad de actualización de la norma, tomando como referencia a la norma europea UNE-EN 89:2000 “Aparatos de producción de agua caliente por acumulación para usos sanitarios que utilizan combustibles gaseosos”, se elaboró un borrador de la revisión del documento NAG-314, y se inició su estudio estableciendo la participación (no vinculante) de una Comisión de Aportes Técnicos integrada por representantes de los Organismos de Certificación inscriptos en el Registro de Organismos de Certificación (ROC) del ENARGAS, Fabricantes e Importadores de termotanques.

Que en ese contexto, mediante la Resolución ENARGAS N.º I-3630/16 se aprobó la Adenda N.º 1 (2016) de la NAG-314 (1995), que incorporó el empleo de un dispositivo de seguridad contra el sobrecalentamiento y el etiquetado de eficiencia energética, cuya implementación comenzó a regir a partir del 31 de diciembre de 2017 (conf. Resolución ENARGAS N.º I-4529/17).

Que a fin de continuar con el...

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